Fecha de Publicación: 06/11/2024
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

2

   Estas excepciones arancelarias regirán para todos los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 12 de setiembre de 2024 y hasta el 11 de setiembre de 2026 de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto 367/011, de 14 de octubre de 2011.
Ayuda