Fecha de Publicación: 28/08/2025
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

2

   Estas excepciones arancelarias regirán para todos los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 13 de junio de 2025 y hasta el 12 de junio de 2027 de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto 367/2011, de 14 de octubre de 2011.
Ayuda