FIJACION DE TRIBUTOS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS




Promulgación: 31/01/2007
Publicación: 09/02/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: el Decreto Nº 473/006 de 27 de noviembre de 2006; 

RESULTANDO: que el artículo 11 del mencionado decreto dispone que las empresas que deseen ser exceptuadas del presente régimen deberán presentarse ante la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería a efectos de solicitar la excepción y que dicho organismo deberá pronunciarse respecto de la procedencia de la misma;

CONSIDERANDO: I) que en el Decreto Nº 643/006 de 27 de diciembre de 2006 se encuentran detallados los productos incluidos en este régimen;                           

II) que la empresa VALOR BRANDS LATINOAMERICANA S.A. se presentó ante la Dirección Nacional de Industrias con fecha 18 de enero de 2007;

III) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el cumplimiento de los extremos establecidos en el artículo 9º del Decreto Nº 473/006; 

ATENTO: a lo expuesto;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA,

                                RESUELVE:

1

   Exceptuar de la aplicación del arancel fijado por el Decreto Nº
643/006 al producto, empresa exportadora e importador especificados a 
continuación:

     NCM        Descripción     Exportador         Importador
4818.40.90.00   Pañales         Serenity S.A.      Valor Brands 
                                                Latinoamericana S.A.
                                                R.U.C. 214 743 750 015

2

   Estas excepciones regirán para todos los despachos de importación 
numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 18 
de enero de 2007.

3

   Regístrese y publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Industria, Energía y Minería. 

4

   Cumplido archívese por la Dirección Nacional de Industrias.

JORGE LEPRA 
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