Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Ver vigencia: Resolución MIEM S/N de 27/01/2010 numeral 1.
VISTO: que la empresa DIRPLAIN S.A., solicita modificación de la
Resolución Ministerial de fecha 4 de agosto de 2009;
RESULTANDO: I) que por la referida resolución, se le concede a la
solicitante excepciones al régimen de pérdida de preferencia arancelaria
establecido por Decreto N° 473/006 de 27 de noviembre de 2006, para
determinados productos originarios de la República Argentina;
II) que la administrada indica, que los productos a importar son los
mismos que se incluyeron en la citada resolución, así como su productor y
uno de los exportadores, no obstante manifiesta que la empresa productora
Compañía Alimenticia de Los Andes S.A. no va a exportar directamente sus
productos, sino que lo hará a través de las empresas Bonafide S.A.I. y C.
(incluida en la resolución de 4 de agosto de 2009) y/o Molinos Río de la
Plata S.A. (exportador que solicita incluir en la nueva resolución);
CONSIDERANDO: I) que la División de Defensa Comercial y Salvaguardias de
la Dirección Nacional de Industrias informa, que en expediente N°
080800210100249 se concluyó que los productos a importar por DIRPLAIN S.A.
no son producidos en plantas establecidas en provincias promovidas ni
contienen insumos allí fabricados;
II) que si bien la fabricante pertenece a un grupo con plantas allí
instaladas, no produce en las mismas bienes que coincidan a 8 dígitos con
los que se solicitó exceptuar del pago de arancel (artículo 9 literal b.2)
del Decreto N° 473/006;
III) que la Dirección Nacional de Industrias sugiere acceder a lo
solicitado, dado que la modificación que se pretende refiere
exclusivamente a uno de los exportadores, habiéndose cumplido los extremos
exigidos por el artículo 11 del Decreto N° 473/006 en lo que respecta a la
declaración jurada presentada por personas con poder suficiente de
representación de la solicitante;
IV) que la Asesoría Jurídica indica, que la modificación que se pretende
cumple con la declaración jurada presentada por medio de apoderado con
poder suficiente, según lo establecido por el artículo 11 del Decreto N°
473/006;
V) que procede en consecuencia, revocar la resolución de 4 de agosto de
2009 y establecer claramente a los efectos aduaneros que: Molinos Río de
la Plata S.A. y Bonafide S.A.I. y C. tienen la calidad de exportador de
los productos fabricados por la Compañía Alimenticia de los Andes e
importados por DIRPLAIN S.A.;
ATENTO: a lo expuesto y en virtud de lo dispuesto por el artículo 12 del
Decreto N° 473/006 de 27 de noviembre de 2006;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
RESUELVE:
1
Revócase la Resolución Ministerial de 4 de agosto de 2009, por la que se
concede excepciones al régimen de pérdida de preferencia arancelaria para
determinados productos originarios de la República Argentina, importados
por DIRPLAIN S.A.