EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS




Promulgación: 27/07/2010
Publicación: 04/08/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: que la empresa RAMALUX S.A., solicita modificación de la Resolución
Ministerial de 22 de junio de 2010.

RESULTANDO: I) que por la referida resolución se concede excepción a la
pérdida arancelaria al producto NCM 3907.50.10.00, cuando sea exportado
por S.A. ALBA FÁBRICA DE PINTURAS, ESMALTES Y RESINAS;

II) que la gestionante funda su solicitud, en el cambio de razón social
que sufrió la empresa exportadora argentina que pasó a denominarse Akso
Nobel Argentina S.A.

CONSIDERANDO: I) que la División Defensa Comercial y Salvaguardias de la
Dirección Nacional de Industrias informa, que se ha presentado
documentación probatoria del cambio de razón social referido;

II) que a juicio de la Dirección Nacional de Industrias, la referida
documentación así como la representación de quien actúa en nombre de la
empresa, son consideradas suficientes, razón por la cual sugiere acceder a
lo solicitado.

ATENTO: a lo expuesto.

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

                                RESUELVE:

1

   Modifícase la Resolución Ministerial de 28 de octubre de 2009, por la
que se exceptúa de la aplicación del arancel fijado en el Anexo I del
Decreto N° 643/006, al producto, empresa exportadora e importador que la
misma especifica, en el sentido de establecer que se concede la excepción
a la pérdida arancelaria según se detalla a continuación:

    NCM        Descripción      Exportador     Importador
3907.50.10.00  En las formas    Akso Nobel     RAMALUX S.A.
               previstas en la  Argentina S.A. RUT
               Nota 6ª de este                 214605070019
               capítulo




EDGARDO ORTUÑO
Ayuda