PRORROGA DE PLAZO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION DE FECHA 31 DE JULIO DE 2013 RELATIVO AL REGLAMENTO TECNICO DE CALIDAD PARA ACERO DE USO ESTRUCTURAL




Promulgación: 08/01/2014
Publicación: 15/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Ver vigencia: Resolución MIEM S/N de 28/02/2014 numeral 1.
Referencias a toda la norma
VISTO: la resolución del Ministerio de Industria, Energía y Minería de
fecha 31 de julio de 2013.

RESULTANDO: I) que por la misma, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de
2013 el plazo dispuesto por el numeral 12 de la resolución dictada por
esta Secretaría de Estado con fecha 17 de mayo de 2013, que reglamentó el
artículo 4° del Decreto N° 307/012 de fecha 7 de setiembre de 2012, por el
que se aprobó el Reglamento Técnico de Calidad para Acero de Uso
Estructural;

II) que motivó el dictado de dicha resolución el hecho de que el lapso
transcurrido entre la fecha de aprobación de las normas citadas y la fecha
de su entrada en vigencia, resultó insuficiente para que los operadores
comerciales e industriales y las entidades certificadoras, se encontraran
en condiciones de dar cumplimiento a lo establecido en ellas;

III) que, asimismo, actualmente resulta necesario revisar ciertos aspectos
de la mencionada reglamentación, para su correcta implementación;

IV) que a tales efectos el plazo de prórroga dispuesto por la resolución
ministerial de fecha 31 de julio de 2013, resultó insuficiente.

CONSIDERANDO: que resulta por tanto necesario disponer la prórroga del
plazo dispuesto por la resolución ministerial citada precedentemente.

ATENTO: a lo establecido precedentemente;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

 Prorrógase hasta el 28 de febrero de 2014 el plazo dispuesto por la
resolución ministerial de fecha 31 de julio de 2013.

2

 Comuníquese, publíquese, etc.

ROBERTO KREIMERMAN
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