EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. PRORROGA




Promulgación: 06/02/2014
Publicación: 14/02/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: que el artículo 1° del Decreto N° 367/011 de 3 de noviembre de
2011, establece que todo importador que haya sido exceptuado del arancel
fijado de conformidad con el artículo 1° del Decreto 473/2006 al amparo de
lo dispuesto en el artículo 9° del citado decreto deberá presentar cada
dos años un certificado emitido por la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP) de la República Argentina que establezca que no ha
recibido beneficios tributarios al amparo del régimen de Zonas de
Promoción Industrial en los últimos dos años para los productos
clasificados en la misma partida arancelaria que el producto incluido en
el régimen y/o productos que sean insumos o formen parte del producto
final incluido en el régimen.

RESULTANDO: I) que la empresa Lever S.A. presentó constancia de
inscripción, emitido por la AFIP de la República Argentina con fecha 15 de
octubre de 2013, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1° y 3° del
Decreto 367/011 ante la Dirección Nacional de Industrias;

II) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el cumplimiento
de los extremos establecidos en el artículo 1° del Decreto N° 367/011.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

 Prorrogar la excepción otorgada mediante Resolución Ministerial de 16 de
marzo de 2012 (a regir para los despachos de importación numerados y
registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 18 de enero
2012) de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/006 en su
Anexo I a los productos, productor, exportador e importador especificados
a continuación:

NCM - Descripción                  Productor     Exportador     Importador
3305.10.00.00: PREPARACIONES
CAPILARES. Champúes.              Unilever de
                                 Argentina S.A.  Unilever de
                                                 Argentina S.A. Lever S.A.
                                                                RUT:
                                                            21 000215 0018
3402.20.00.10: AGENTES DE
SUPERFICIE ORGÁNICOS (EXCEPTO
EL JABÓN) PREPARACIONES
TENSOACTIVAS, PREPARACIONES
DE LAVAR (INCLUÍDAS LAS
PREPARACIONES AUXILIARES PARA
LAVADO) Y PREPARACIONES PARA
LIMPIEZA, AUNQUE CONTENGAN
JABÓN, EXCEPTO LAS DE LA
PARTIDA 34.01. Preparaciones
acondicionadas para la venta
al por menor. Preparaciones
para lavar (detergentes).        Unilever de
                                Argentina S.A.   Unilever de
                                                 Argentina S.A. Lever S.A.
                                                                RUT:
                                                            21 000215 0018
3402.20.00.90: AGENTES DE
SUPERFICIE ORGÁNICOS (EXCEPTO
EL JABÓN) PREPARACIONES
TENSOACTIVAS, PREPARACIONES
DE LAVAR (INCLUÍDAS LAS
PREPARACIONES AUXILIARES PARA
LAVADO) Y PREPARACIONES PARA
LIMPIEZA, AUNQUE CONTENGAN
JABÓN, EXCEPTO LAS DE LA
PARTIDA 34.01. Preparaciones
acondicionadas para la venta
al por menor. Las demás.        Unilever de
                               Argentina S.A.   Unilever de
                                               Argentina S.A.   Lever S.A.
                                                                RUT:
                                                            21 000215 0018

2

 Esta prórroga de la excepción arancelaria regirá para todos los despachos
de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de
Aduanas desde el 18 de enero de 2014 y hasta el 17 de enero de 2016 de
acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto 367/2011.

3

 Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en la página web del
Ministerio de Industria, Energía y Minería.

4

 Cumplido, archívese por la Dirección Nacional de Industrias.

ROBERTO KREIMERMAN
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