Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: que la empresa COMPAÑIA CIBELES S.A. se presenta solicitando la
renovación de la resolución de 3 de enero de 2012, que otorgó excepción al
régimen de pérdida de preferencia arancelaria.
RESULTANDO: que la mencionada resolución de 3 de enero de 2012, dispuso
que la excepción arancelaria regiría entre las fecha 7 de diciembre de
2011 y 6 de diciembre de 2013.
CONSIDERANDO: I) que prorrogar la mencionada resolución incumple con lo
establecido en los decretos Nos. 473/2006 y 367/2011;
II) que la empresa debería realizar una nueva declaración jurada al amparo
del decreto N° 473/2006 para obtener nuevamente la excepción al régimen de
pérdida de preferencia arancelaria.
ATENTO: a lo expuesto.
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
No hacer lugar a la solicitud de la empresa COMPAÑÍA CIBELES S.A. de
prorrogar la resolución de 3 de enero de 2012, por incumplir con lo
establecido en los decretos Nos. 473/2006 y 367/2011.