EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. MODIFICACION




Promulgación: 26/02/2015
Publicación: 05/03/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: que se solicita modificación de la Resolución Ministerial de fecha 9 de febrero de 2015, por la que se exceptúa a la empresa LINN Y COMPAÑÍA S.A. de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/006 en su Anexo I, para los productos que se indican, producidos y exportados por las empresas que se detallan en dicho acto administrativo.

   RESULTANDO: que se solicita modificar dicha Resolución en el sentido de establecer que: "Estas excepciones arancelarias regirán para todos los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 19 de noviembre de 2014 y hasta el 18 de noviembre de 2016".

   CONSIDERANDO: que procede actuar de acuerdo a lo solicitado y modificar la Resolución Ministerial de fecha 9 de febrero de 2015.

   ATENTO: a lo expuesto.

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Modificar la Resolución Ministerial de fecha 9 de febrero de 2015 referida en el Visto de la presente resolución, en el sentido de establecer que las excepciones arancelarias otorgadas a LINN Y COMPAÑÍA S.A., regirán para todos los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 19 de noviembre de 2014 y hasta el 18 de noviembre de 2016, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto 367/2011.

(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución MIEM S/N de 15/01/2016 numeral 1.

2

   Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

3

   Cumplido, archívese por la Dirección Nacional de Industrias.

   ROBERTO KREIMERMAN
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