EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. PRORROGA




Promulgación: 10/11/2015
Publicación: 17/11/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver vigencia: Resolución MIEM S/N de 20/11/2017 numeral 1.
   VISTO: que el artículo 1° del Decreto N° 367/011 de 14 de octubre de 2011, establece que todo importador que haya sido exceptuado del arancel fijado de conformidad con el artículo 1° del Decreto 473/2006 al amparo de lo dispuesto en el artículo 9° del citado decreto deberá presentar cada dos años un certificado emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la República Argentina que establezca que no ha recibido x beneficios; tributarios al amparo del régimen de Zonas de Promoción Industrial en los últimos dos años para los productos clasificados en la misma partida arancelaria que el producto incluido en el régimen y/o productos que sean insumos o formen parte del producto final incluido en el régimen.

   RESULTANDO: I) que la empresa JAVIER LAGO CORDOBA presentó constancia de inscripción, emitido por la AFIP de la República Argentina con fecha 31 de julio de 2015, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1° y 3° del Decreto 367/011 ante la Dirección Nacional de Industrias;

   II) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el cumplimiento de los extremos establecidos en el artículo 1° del Decreto N° 367/011.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el Decreto N° 473/2006 de 27 de noviembre de 2006, Decreto N° 643/2006 de 27 de diciembre de 2006 y el Decreto N° 367/2011 de 14 de octubre de 2011.

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Prorrogar la excepción otorgada mediante Resolución Ministerial de 30 de abril de 2014 (a regir para los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 23 de enero de 2014 y hasta el 22 de enero de 2016) de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/006 en su Anexo I a los productos, productor, exportador e importador especificados a continuación:

NCM-Descripción
Productor
Exportador
Importador
3925.90.90.00: ARTÍCULOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, DE PLÁSTICO, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE. Los demás. Los demás. Exclusivamente: plaquetas de luz para líneas de embutir de instalación domiciliaria, sus soportes (puentes, bastidores), accesorios (ribetes), así como cajas exteriores
RICHI S.A.
RICHI S.A.
JAVIER LAGO CORDOBA RUT: 212058660018
8536.50.90.11: APARATOS PARA CORTE, SECCIONAMIENTO, PROTECCIÓN, DERIVACIÓN, EMPALME O CONEXIÓN DE CIRCUITOS ELÉCTRICOS (POR EJEMPLO: INTERRUPTORES, CONMUTADORES, RELÉS, CORTACIRCUITOS, SUPRESORES DE SOBRETENSIÓN TRANSITORIA, CLAVIJAS Y TOMAS DE CORRENTES (ENCHUFES), PORTALÁMPARAS Y DEMÁS CONECTORES, CAJAS DE EMPALME), PARA UNA TENSIÓN INFERIOR O IGUAL A 1.000 VOLTIOS; CONECTORES DE FIBRAS ÓPTICAS, HACES O CABLES DE FIBRAS ÓPTICAS. Los demás interruptores, seleccionadores y conmutadores. Los demás. Interruptores. Para instalaciones domésticas de distribución domiciliaria. Exclusivamente: módulos interruptores para uso doméstico de instalación domiciliaria, corriente alterna, hasta 250 voltios y 16 amperios, tanto de embutir como para su colocación en cajas exteriores. Se incluyen también los conjuntos armados (interruptor y plaquetas e interruptor y caja exterior). No se incluyen interruptores termomagnéticos y diferenciales.
RICHI S.A.
RICHI S.A.
JAVIER LAGO CORDOBA RUT: 212058660018
8536.69.10.00: APARATOS PARA CORTE, SECCIONAMIENTO, PROTECCIÓN, DERIVACIÓN, EMPALME O CONEXIÓN DE CIRCUITOS ELÉCTRICOS (POR EJEMPLO: INTERRUPTORES, CONMUTADORES, RELÉS, CORTACIRCUITOS, SUPRESORES DE SOBRETENSIÓN TRANSITORIA, CLAVIJAS Y TOMAS DE CORRIENTE (ENCHUFES), PORTALÁMPARAS Y DEMÁS CONECTORES, CAJAS DE EMPALME), PARA UNA TENSIÓN INFERIOR O IGUAL A 1.000 VOLTIOS; CONECTORES DE FIBRAS ÓPTICAS, HACES O CABLES DE FIBRAS ÓPTICAS. Portalámparas, clavijas y tomas de corriente (enchufes): Los demás. Tomacorrientes polarizados o blindados. Exclusivamente: módulos tomacorrientes para uso domésticos de instalación domiciliaria, corriente alterna, 250 voltios, 16 amperios, de embutir y de colocación en cajas exteriores. Se incluyen también los conjuntos armados (tomacorriente y plaqueta o tomacorriente y caja exterior)
RICHI S.A.
RICHI S.A.
JAVIER LAGO CORDOBA RUT: 212058660018
8536.69.90.00: APARATOS PARA CORTE, SECCIONAMIENTO, PROTECCIÓN, DERIVACIÓN, EMPALME O CONEXIÓN DE CIRCUITOS ELÉCTRICOS (POR EJEMPLO: INTERRUPTORES, CONMUTADORES, RELÉS, CORTACIRCUITOS, SUPRESORES DE SOBRETENSIÓN TRANSITORIA, CLAVIJAS Y TOMAS DE CORRIENTE (ENCHUFES), PORTALÁMPARAS Y DEMÁS CONECTORES, CAJAS DE EMPALME),
RICHI S.A.
RICHI S.A.
JAVIER LAGO CORDOBA RUT: 212058660018
 PARA UNA TENSIÓN INFERIOR O IGUAL A 1.000 VOLTIOS; CONECTORES DE FIBRAS ÓPTICAS, HACES O CABLES DE FIBRAS ÓPTICAS. Portalámparas, clavijas y tomas de corriente (enchufes): Los demás. Los demás. Exclusivamente: módulos tomacorrientes para uso domésticos de instalación domiciliaria, corriente alterna, 250 voltios, 16 amperios, de embutir y de colocación en cajas exteriores. Se incluyen también los conjuntos armados (tomacorriente y plaqueta o tomacorriente y caja exterior).
RICHI S.A.
RICHI S.A.
JAVIER LAGO CORDOBA RUT: 212058660018
8538.90.90.00: PARTES IDENTIFICABLES COMO DESTINADAS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LOS APARATOS DE LAS PARTIDAS 85.35, 85.36 U 85.37. Las demás. Las demás. Exclusivamente: plaquetas de luz para líneas de embutir de instalación domiciliaria, sus soportes (puentes, bastidores), accesorios (ribetes), así como cajas exteriores.
RICHI S.A.
RICHI S.A.
JAVIER LAGO CORDOBA RUT: 212058660018

2

   Esta prórroga de la excepción arancelaria regirá para todos los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 23 de enero de 2016 y hasta el 22 de enero de 2018 de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto 367/2011.

3

   Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

4

   Cumplido, archívese por la Dirección Nacional de Industrias.

   GUILLERMO MONCECCHI
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