VISTO: que el artículo 1° del Decreto N° 367/011, de 14 de octubre de 2011, establece que todo importador que haya sido exceptuado del arancel fijado de conformidad con el artículo 1° del Decreto N° 473/006, de 27 de noviembre de 2006, al amparo de lo dispuesto en el artículo 9° del citado decreto deberá presentar cada dos años un certificado emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la República Argentina que establezca que no ha recibido beneficios tributarios al amparo del régimen de Zonas de Promoción Industrial en los últimos dos años para los productos clasificados en fa misma partida arancelaria que el producto incluido en el régimen y/o productos que sean insumos o formen parte del producto final incluido en el régimen.
RESULTANDO: I) que la empresa MC CAIN URUGUAY S.A. presentó constancia de inscripción, emitida por la AFIP de la República Argentina con fecha 17 de agosto de 2017 de acuerdo a lo establecido en los artículos 1° y 3° del Decreto N° 367/011, de 14 de octubre de 2011, ante la Dirección Nacional de Industrias;
II) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el cumplimiento de los extremos establecidos en el artículo 1° del Decreto N° 367/011.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto N° 473/006, de 27 de noviembre de 2006, el Decreto N° 643/006, de 27 de diciembre de 2006 y el Decreto N° 367/011, de 14 de octubre de 2011;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
Prorrógase la excepción otorgada mediante resolución ministerial de 17 de febrero de 2014 (a regir para los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 25 de enero de 2014 hasta el 24 de enero de 2016) y prorrogada por resolución ministerial de 19 de noviembre de 2015 (a regir para todos los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 25 de enero de 2016 y hasta el 24 de enero de 2018) de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/006, de 27 de diciembre de 2016, en su Anexo I a los productos, productor, exportador e importador especificados a continuación:
NCM - Descripción |
Productor |
Exportador |
Importador |
190590.90.00: PRODUCTOS DE PANADERÍA, PASTELERÍA O GALLETERÍA, INCLUSO CON ADICIÓN DE CACAO; HOSTIAS, SELLOS VACIOS DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA MEDICAMENTOS, OBLEAS PARA SELLAR, PASTAS |
MC CAIN ARGENTINA S.A. |
MC CAIN ARGENTINA S.A. |
MC CAIN URUGUAY S.A. RUT: 080003530017 |
SECAS DE HARINA, ALMIDÓN O FÉCULA, EN HOJAS Y PRODUCTOS SIMILARES. Los demás. Los demás. |
GUILLERMO MONCECCHIAyuda