EXCEPCION ARANCELARIA PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. PRORROGA




Promulgación: 25/07/2018
Publicación: 02/08/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: que la empresa EXPORTING S.A. se presenta al amparo de lo dispuesto por el Decreto N° 367/011 de fecha 14 de octubre de 2011, solicitando se prorrogue la excepción obtenida al régimen de pérdida de preferencia arancelaria establecida en el artículo 9, literal a), del Decreto N° 473/006 de fecha 27 de noviembre de 2006;

   RESULTANDO: I) que el artículo 1 del Decreto N° 367/011 de fecha 14 de octubre de 2011, establece que todo importador que haya sido exceptuado del arancel fijado de conformidad con el artículo 1 del Decreto N° 473/006 de fecha 27 de noviembre de 2006, al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 del citado decreto deberá presentar cada dos años un certificado emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la República Argentina que establezca que no ha recibido beneficios tributarios al amparo del régimen de Zonas de Promoción Industrial en los últimos dos años para los productos clasificados en la misma partida arancelaria que el producto incluido en el régimen y/o productos que sean insumos o formen parte del producto final incluido en el régimen;

   II) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el cumplimiento de los extremos establecidos en el artículo 1 del Decreto N° 367/011;

   III) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería entiende pertinente acceder a lo solicitado;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto N° 473/006 de fecha 27 de noviembre de 2006, el Decreto N° 643/006 de fecha 27 de diciembre de 2006 y el Decreto N° 367/011 de fecha 14 de octubre de 2011;

               LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Prorrógase la excepción otorgada mediante resolución ministerial del 27 de junio de 2016, (a regir para los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 13 de agosto de 2016 y hasta el 12 de agosto de 2018) de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/006 de fecha 27 de diciembre de 2006, en su Anexo I, a los productos, productor, exportador e importador especificados a continuación:

NCM - Descripción
Productor
Exportador
Importador
3402.20.00.90: AGENTES DE SUPERFICIE ORGÁNICOS (EXCEPTO EL JABÓN) PREPARACIONES TENSOACTIVAS, PREPARACIONES DE LAVAR (INCLUIDAS LAS PREPARACIONES AUXILIARES PARA LAVADO) Y PREPARACIONES PARA LIMPIEZA, AUNQUE CONTENGAN JABÓN, EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA 34.01. Preparaciones acondicionadas para la venta al por menor. Preparaciones para lavar (detergentes)
BARDAHL LUBRICANTES ARGENTINA S.A.
BARDAHL LUBRICANTES ARGENTINA S.A. 
EXPORTING S.A. RUT: 211434970016

   CAROLINA COSSE
Ayuda