EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. REDUCCION




Promulgación: 20/09/2018
Publicación: 26/09/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 473/006 de 27 de noviembre de 2006;

   RESULTANDO: que el artículo 11° del mencionado decreto dispone que las empresas que deseen ser exceptuadas del presente régimen deberán presentarse ante la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería a efectos de solicitar la excepción y que dicho organismo deberá pronunciarse respecto de la procedencia de la misma;

   CONSIDERANDO: I) que en el Decreto N° 643/006 de 27 de diciembre de 2006 se encuentran detallados los productos incluidos en este régimen;

   II) que la empresa VAN DAM S.A. presentó la solicitud de acuerdo a lo establecido en el artículo 12° del Decreto 473/006 de 27 de noviembre de 2006, ante la Dirección Nacional de Industrias con fecha 17 de agosto de 2018;

   III) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el cumplimiento de los extremos establecidos en el artículo 9° del Decreto N° 473/006 de 27 de noviembre de 2006, habiendo acreditado la finalización de los beneficios fiscales con fecha 31 de diciembre de 2012;

   Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto N° 473/2006 de 27 de noviembre de 2006, el Decreto N° 643/2006 de 27 de diciembre de 2006 y el Decreto N° 367/2011 de 14 de octubre de 2011;

               LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Reducir el arancel fijado por el Decreto N° 643/006 de acuerdo al programa de desgravación, en un 50% de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 473/006 de 27 de noviembre de 2006, al producto, empresa productora, empresa exportadora y empresa importadora especificados a continuación:

NCM Descripción
Productor
Exportador
Importador
1905.32.00.10: PRODUCTOS DE PANADERÍA, PASTELERÍA O GALLETERÍA, INCLUSO CON ADICIÓN DE CACAO, HOSTIAS, SELLOS VACIOS, DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA MEDICAMENTOS, OBLEAS PARA SELLAR, PASTAS SECAS DE HARINA, ALMIDÓN O FÉCULA, EN HOJAS Y PRODUCTOS SIMILARES. Galletas dulces (con adición de edulcorante); barquillos y obleas, incluso rellenos («gaufrettes», «wafers») y waffles («gaufres»)*: Barquillos y obleas, incluso rellenos («gaufrettes», «wafers») y waffles. Barquillos y obleas («gaufrettes», «wafers»).
BAGLEY ARGENTINA
BAGLEY ARGENTINA
VAN DAN S.A. RUT: 210250030012

   CAROLINA COSSE
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