MODIFICACION DE LAS BASES PARA LA CONVOCATORIA 2019 A CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGETICA (CEE)




Promulgación: 23/07/2019
Publicación: 30/07/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: las Bases para la Convocatoria 2019 a Certificados de Eficiencia Energética, aprobadas por la Resolución de esta Secretaría de Estado de 4 de junio de 2019;

   RESULTANDO: I) que en las referidas bases, adjuntas a dicha resolución y que forman parte integrante de la misma, en el ítem VIII, literal B, numeral 4, se establece como requisito para postularse en la misma la presentación de una declaración de postulación suscripta por el/los representante/s legal/es;

   II) que la mencionada declaración de postulación consta de un documento PDF que se genera automáticamente luego de cumplir todos los pasos de la postulación a través de trámite en línea para la firma electrónica (si el representante legal posee ésta) o para su impresión y firma de forma manuscrita;

   CONSIDERANDO: I) que desde el ámbito de la Dirección Nacional de Energía se propone habilitar que las entidades postulantes que al cierre de la convocatoria se vieran imposibilitadas de presentar la referida declaración de postulación, podrían presentar una declaración de postulación provisoria, gestionada en paralelo a la postulación por trámites en línea, en la cual se comprometieran a presentar la declaración de postulación definitiva hasta el 2 de diciembre de 2019 a las 11 horas;

   II) que todos los demás requisitos de documentación técnica y no técnica requerida en las bases de la convocatoria, podrían cumplirse en los plazos establecidos en la misma;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Agrégase al numeral 4, literal B, del ítem VIII de las Bases para la Convocatoria 2019 a Certificados de Eficiencia Energética aprobadas por la Resolución de 4 de junio de 2019, la siguiente previsión:
   "Alternativamente, las entidades postulantes que al cierre de la convocatoria se vean imposibilitadas de presentar la mencionada declaración de postulación, podrán sustituir temporalmente la misma por una "Declaración de postulación provisoria" (según modelo disponible en: www.miem.gub.uy y www.eficienciaenergetica.gub.uy), firmada por el/los titular/es o representante/s legal/es, donde manifiesten dicho impedimento y se comprometan a presentar la Declaración de postulación definitiva (previamente indicada), acompañada del correspondiente Certificado Notarial (según estas bases) hasta el 2 de diciembre de 2019 a las 11 am.".

2

   Comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.

   GUILLERMO MONCECCHI
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