EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. MODIFICACION




Promulgación: 24/09/2019
Publicación: 27/09/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la Resolución Ministerial de 5 de setiembre de 2019, por la que se exceptuó de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/06 de 27 de diciembre de 2006, a los productos que se indicaron en la misma, importados por ASANOVA S.A.;

   RESULTANDO: que se padeció error en el numeral 1° de la mencionada resolución, en la descripción del importador, omitiendo el número de Registro Único Tributario (RUT);

   CONSIDERANDO: que procede modificar la Resolución citada en el "Visto";

   IV) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería sugiere hacer lugar a lo solicitado y proceder a modificar el numeral 1° de la parte dispositiva de la referida resolución;

   ATENTO: a lo expuesto;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Modifícase el numeral 1° de la parte dispositiva de la Resolución Ministerial de 5 de setiembre de 2019, en el sentido de designar como importador a la empresa ASANOVA S.A. - R.U.T. 216676450015.

   GUILLERMO MONCECCHI
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