EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. MODIFICACION DE RESOLUCION DE FECHA 18 DE SETIEMBRE DE 2019




Promulgación: 04/11/2019
Publicación: 08/11/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución Ministerial de fecha 18 de setiembre de 2019, por la que se exceptúo de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/006 de 27 de diciembre de 2006, en su Anexo I, a los productos que se indicaron en la misma, importados por PINTURAS DEL PLATA S.A. y producidos y exportados por ARCHROMA S.A.;

   RESULTANDO: I) que en la referida Resolución, se padeció error al indicar el número de Registro Único Tributario de la empresa importadora, siendo el correcto 212975880019;

   II) que también se padeció error en la denominación de la empresa productora y exportadora, siendo la correcta ARCHROMA S.A.;

   CONSIDERANDO: que corresponde realizar las referidas correcciones;

   ATENTO: a lo expuesto;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Modifícase la Resolución Ministerial de fecha 18 de setiembre de 2019, en el sentido de indicar para el importador PINTURAS DEL PLATA S.A. el número de RUT: 212975880019 y para el productor y exportador la denominación ARCHROMA S.A.

2

   Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

3

   Cumplido, archívese por la Dirección Nacional de Industrias.

   GUILLERMO MONCECCHI
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