VISTO: que la empresa NUEVO SOL LTDA. se presenta al amparo de lo dispuesto por el Decreto N° 367/011 de fecha 14 de octubre de 2011, solicitando se prorrogue la excepción obtenida al régimen de pérdida de preferencia arancelaria establecida en el artículo 9, literal a), del Decreto N° 473/006 de fecha 27 de noviembre de 2006. RESULTANDO: I) que el artículo 1 del Decreto N° 367/011 de fecha 14 de octubre de 2011, establece que todo importador que haya sido exceptuado del arancel fijado de conformidad con el artículo 1 del Decreto N° 473/006 de fecha 27 de noviembre de 2006, al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 del citado decreto deberá presentar cada dos años un certificado emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la República Argentina que establezca que no ha recibido beneficios tributarios al amparo del régimen de Zonas de Promoción Industrial en los últimos dos años para los productos clasificados en la misma partida arancelaria que el producto incluido en el régimen y/o productos que sean insumos o formen parte del producto final incluido en el régimen. II) que la empresa NUEVO SOL LTDA. presentó constancia de inscripción, emitida por la AFIP de la República Argentina con fecha 2 de diciembre de 2019 de acuerdo a lo establecido en los artículos 1 y 3 del Decreto N° 367/011 de fecha 14 de octubre de 2011, ante la Dirección Nacional de Industrias; III) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el cumplimiento de los extremos establecidos en el artículo 1 del Decreto N° 367/011. IV) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería entiende pertinente acceder a lo solicitado; ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto N° 473/006 de fecha 27 de noviembre de 2006, el Decreto N° 643/006 de fecha 27 de diciembre de 2006 y el Decreto N° 367/011 de fecha 14 de octubre de 2011. EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA RESUELVE:
Prorrógase la excepción otorgada mediante Resolución Ministerial de fecha 27 de abril de 2016, y prorrogada por Resolución Ministerial de 2 de marzo de 2018 (a regir para los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 28 de enero de 2018 y hasta el 27 de enero de 2020) de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/006 de fecha 27 de diciembre de 2006, en su Anexo I, a los productos, productor, exportador e importador especificados a continuación:
NCM - Descripción |
Productor |
Exportador |
Importador |
1905.90.90.00: PRODUCTOS DE PANADERÍA, PASTELERÍA O GALLETERÍA, INCLUSO CON ADICIÓN DE CACAO; HOSTIAS, SELLOS VACIOS DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA MEDICAMENTOS, OBLEAS PARA SELLAR, PASTAS SECAS DE HARINA, ALMIDÓN O FÉCULA, EN HOJAS Y PRODUCTOS SIMILARES. Los demás. Los demás. |
ENSINCRO SRL. |
ENSICRO SRL. |
NUEVO SOL LTDA. RUT: 214737600015 |
1905.32.00.10: PRODUCTOS DE PANADERÍA, PASTELERÍA O GALLETERÍA, INCLUSO CON ADICIÓN DE CACAO, HOSTIAS, SELLOS VACIOS, DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA MEDICAMENTOS, OBLEAS PARA SELLAR, PASTAS SECAS DE HARINA, ALMIDÓN O FÉCULA, EN HOJAS Y PRODUCTOS SIMILARES. Galletas dulces (con adición de edulcorante); barquillos y obleas, incluso rellenos («gaufrettes», «wafers») y waffles («gaufres»)*: Barquillos y obleas, incluso rellenos(«gaufrettes», «wafers») y waffles. Barquillos y obleas («gaufrettes», «wafers»). |
ENSINCRO SRL. |
ENSINCRO SRL. |
NUEVO SOL LTDA. RUT: 214737600015 |
1704.90.90.90: ARTICULOS DE CONFITERIA SIN CACAO (INCLUIDO EL CHOCOLATE BLANCO). Los demás. Los demás. Los demás. |
ENSINCRO SRL. |
ENSINCRO SRL. |
NUEVO SOL LTDA. RUT: 214737600015 |
1905.31.00.10: PRODUCTOS DE PANADERÍA, PASTELERÍA O GALLETERIA, INCLUSO CON ADICIÓN DE CACAO, HOSTIAS, SELLOS VACIOS, DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA MEDICAMENTOS, OBLEAS PARA SELLAR, PASTAS SECAS DE HARINA, ALMIDÓN O FÉCULA, EN HOJAS Y PRODUCTOS SIMILARES. Galletas dulces (con adición de edulcorante); barquillos y obleas, incluso rellenos («gaufrettes», «wafers») y waffles («gaufres»)*: Galletas dulces (con adición de edulcorante). Sin adición de cacao. |
ENSINCRO SRL. |
ENSINCRO SRL. |
NUEVO SOL LTDA. RUT: 214737600015 |
1905.31.00.20: PRODUCTOS DE PANADERÍA, PASTELERÍA O GALLETERÍA, INCLUSO CON ADICIÓN DE CACAO, HOSTIAS, SELLOS VACIOS, DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA MEDICAMENTOS, OBLEAS PARA SELLAR, PASTAS SECAS DE HARINA, ALMIDÓN O FÉCULA, EN HOJAS Y PRODUCTOS SIMILARES. Galletas dulces (con adición de edulcorante); barquillos y obleas, incluso rellenos («gaufrettes», «wafers») y waffles («gaufres»)*:. Galletas dulces (con adición de edulcorante). Con adición de cacao. |
ENSINCRO SRL. |
ENSINCRO SRL. |
NUEVO SOL LTDA. RUT: 214737600015 |
GUILLERMO MONCECCHIAyuda