EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. MODIFICACION




Promulgación: 04/12/2020
Publicación: 11/12/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la Resolución Ministerial de 18 de setiembre de 2020, por la que se exceptuó de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/06 en su Anexo I, a los productos que se indicaron en la misma, importados por IMPERPLAST S.R.L..;

   RESULTANDO: que se cometió error en el visto y en los considerando I y IV de la referida resolución, al mencionar la razón social de la empresa importadora;

   CONSIDERANDO: que corresponde realizar la referida modificación;

   ATENTO: a lo expuesto;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Modifícase la Resolución Ministerial de 18 de setiembre de 2020, en el sentido de establecer en el Visto y en el Considerando I y IV que la razón social de la empresa importadora es IMPERPLAST S.R.L.

   OMAR PAGANINI
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