EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. MODIFICACION




Promulgación: 08/09/2021
Publicación: 10/09/2021
Publicada posteriormente: 13/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución Ministerial, de 20 de agosto de 2021, por la que se exceptuó de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/007, de 27 de diciembre de 2006, en su Anexo I, a los productos que se indicaron en la misma, importados por FUENTERON S.A.;

   RESULTANDO: que se cometió error involuntario en la redacción del numeral 2° de la misma;

   CONSIDERANDO: que corresponde realizar la referida modificación;

   ATENTO: a lo expuesto;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   (*)

(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución MIEM S/N de 20/08/2021 
numeral 2.

2

   Notifíquese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

3

   Cumplido, archívese por la Dirección Nacional de Industrias.

   WALTER VERRI
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