VISTO: el artículo 16 de la Ley N° 18.597 del 21 de setiembre de 2009;
RESULTANDO: que el artículo 16 de la Ley N° 18.597, de 21 de setiembre de 2009, encomendó al Ministerio de Industria, Energía y Minería emitir Certificados de Eficiencia Energética a proyectos de uso eficiente de energía;
CONSIDERANDO: I) que por Decreto N° 211/015, de 3 de agosto de 2015 se aprobó el Plan Nacional de Eficiencia Energética 2015-2024;
II) que el Plan Nacional de Eficiencia Energética fija la meta de energía evitada y prevé diversos mecanismos para alcanzarla entre los que se encuentra la emisión de Certificados de Eficiencia Energética;
III) que el Decreto N° 46/016 del 16 de febrero de 2016 aprobó el Manual de Certificados de Eficiencia Energética que establece los lineamientos del proceso de emisión de Certificados de Eficiencia Energética;
IV) que se cumple con las condiciones necesarias para realizar la primera convocatoria 2021 a Certificados de Eficiencia Energética;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
Apruébanse las bases para la convocatoria 2021 a Certificados de Eficiencia Energética en el marco de la Ley N° 18.597 del 21 de setiembre de 2009, que como anexo integran la presente resolución.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Resolución MIEM S/N de
08/09/2021.