APROBACION DE CRITERIOS TECNICOS SEGUN DECRETO 451/011, RELATIVO A LOS REQUISITOS EXIGIBLES PARA EL EQUIPAMIENTO, REFERIDO A CALIDAD, SEGURIDAD Y EFICIENCIA DEL SISTEMA DE ENERGIA SOLAR TERMICA




Promulgación: 05/06/2023
Publicación: 26/06/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la Ley N° 18.585 de 18 de setiembre de 2009 y el Decreto N° 451/011, de 19 de diciembre de 2011;

   RESULTANDO: I) que el artículo 9 de la Ley N° 18.585 y el artículo 16 del Decreto N° 451/011 encomendaron al Ministerio de Industria, Energía y Minería determinar las normativas exigibles y aplicables para el equipamiento, en lo referente a su calidad, seguridad y eficiencia;

   II) que el artículo 2 del Decreto N° 451/011, de 19 de diciembre de 2011 encomendó al Ministerio de Industria, Energía y Minería establecer los criterios de dimensionamiento a ser utilizados en el diseño de las instalaciones y de las posibles exoneraciones;

   III) que la descarbonización verificada del sistema eléctrico permite incorporar alternativas tecnológicas actualmente disponibles como causal de exoneración a la obligatoriedad de instalación de equipamiento solar térmico;

   CONSIDERANDO: que se entiende conveniente actualizar el instructivo vigente incorporando las nuevas alternativas tecnológicas;

   ATENTO: a lo expuesto;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Apruébanse los criterios técnicos según lo previsto en los artículos 2, 4, 5, 6, 7 y 16 del Decreto N° 451/011, de 19 de diciembre de 2011, en anexo adjunto (*) y que forma parte integrante de la presente resolución.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

   OMAR PAGANINI
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