El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la Resolución Ministerial de 21 de agosto de 2025 y su modificativa de 15 de octubre de 2025, que padeció error en cuanto al período por el cual regirán las excepciones arancelarias de la empresa AGROFOOD LTDA.;
RESULTANDO: que en virtud de constatarse error en la Resolución modificativa de fecha 15 de octubre de 2025, la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria Energía y Minería sugiere dejar sin efecto la mencionada Resolución modificativa, y disponer la modificación de la Resolución de 21 de agosto de 2025, incluyendo ambos NMC y estableciendo el período correcto en el que regirán las excepciones arancelarias, esto es, del 13 de junio de 2025 al 12 de junio de 2027;
CONSIDERANDO: que corresponde realizar la referida modificación a efectos de subsanar los errores padecidos;
ATENTO: a lo expuesto;
LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
Déjase sin efecto la Resolución Ministerial, de 15 de octubre de 2025, por la que se sustituyó únicamente el artículo 1° de la Resolución Ministerial, de 21 de agosto de 2025.