Fecha de Publicación: 31/01/2022
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

2

   Facultase a la Dirección General de la Salud a actualizar lo previsto en el numeral 1 de la presente Ordenanza Ministerial, conforme la evolución de la situación epidemiológica del país.
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