Ver vigencia: Resolución MSP S/N de 26/01/1984 numeral 11.
Visto: los decretos 86/983, 90/983 y 91/983, de 22 de marzo de 1983
en los que se hace referencia a situaciones de emergencia y urgencia.
Considerando: la necesidad de precisar dichos conceptos y el alcance
de las obligaciones de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva
frente a situaciones de emergencia y urgencia;
Atento: a lo dispuesto por la ley 15.181, de 21 de agosto de 1981 y sus
decretos reglamentarios y a las potestades otorgadas al Ministerio de
Salud Pública por la ley 9.202, de 12 de enero de 1934,
El Ministro de Salud Pública
RESUELVE:
1
Las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva deberán ajustar
la atención de las situaciones de emergencia y urgencia de acuerdo a lo
dispuesto en la presente resolución.