REGLAMENTACION DE LA ACTIVIDAD DE LOS LABORATORIOS QUE DISTRIBUYEN MEDICAMENTOS




Promulgación: 21/08/2020
Publicación: 28/08/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   El laboratorio fabricante o importador será responsable de controlar el cumplimiento de lo dispuesto en el literal b del artículo anterior, sin perjuicio de los cometidos de fiscalización que corresponden al Ministerio de Salud Pública.
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