DEJASE SIN EFECTO LA ORDENANZA MINISTERIAL 237 DE FECHA 16 DE MAYO DE 2011, Y READECUACION DE LOS OBJETIVOS E INTEGRACION DE LA COMISION NACIONAL PARA LA REDUCCION DE LA MORBIMORTALIDAD DE CAUSA OBSTETRICA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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La referida Comisión estará integrada por:
En carácter permanente:
* Un integrante del Área de Salud Sexual y Salud Reproductiva de la
Dirección General de la Salud - MSP, el que actuará como coordinador
técnico.
* Un integrante de la Unidad de Información en Salud del MSP.
* Un integrante de la Dirección General de Coordinación - MSP.
Un integrante representando a la Cátedra de Ginecotocología de la
Facultad de Medicina de la Universidad de la República (UdelaR).
* Un representante de la Cátedra de Neonatología de la Facultad de
Medicina - UdelaR.
* Un representante de las Cátedras de Medicina Interna de la Facultad de
Medicina - UdelaR.
* Un integrante del grupo de trabajo interdisciplinario sobre
Obstetricia Crítica.
* Un integrante de la Sociedad Ginecotocológica del Uruguay.
* Un integrante de la Escuela de Parteras de Facultad de Medicina -
UdelaR.
* Un integrante de la Asociación Obstétrica del Uruguay.
* Un Integrante de la Cátedra de Medicina Familiar y Comunitaria de
Facultad de Medicina - UdelaR.
* Un integrante del Departamento de Medicina Legal de la Facultad de
Medicina - UdelaR.
* Un integrante del Instituto de Mujeres del Ministerio de Desarrollo
Social.
En carácter transitorio:
* El Director Departamental de Salud del departamento del país de
ocurrencia de la muerte materna o quien este designe.
* Un representante de la Dirección Técnica del Prestador de Salud donde
ocurrió la muerte materna y/o de la cual es usuaria la paciente.