Fecha de Publicación: 19/10/1994
Página: 206-A
Carilla: 24

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

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Comuníquese, y publíquese la presente resolución en el Diario Oficial. Cumplido, siga a la Dirección Nacional de Hidrografía a sus efectos.- JOSE LUIS OVALLE.
                                                              
                DERECHOS DE EXTRACCION DE MATERIALES

                VALORES EN PESOS URUGUAYOS ($U) POR METRO CUBICO

 LUGAR                ARENA    ARENA Y       CANTO RODADO   CONCHILLA
                             CANTO RODADO

 OCEANO ATLANTICO      6.00     7.70          9.60
 RIO DE LA PLATA

 RIO URUGUAY
 RIO NEGRO             2.00     2.50          3.20   
 hasta Paso Palmar                                             1.80
 RIO SANTA LUCIA
 hasta desembocadura
 RIO Sta. LUCIA CHICO  
 OTROS CAUCES          1.50     1.90          2.20             1.80
                                                                              

VALORES A REGIR DESDE EL 1° DE JULIO DE 1994

                                 25 m3 arena
Derechos mínimos de extracción   10 m3 canto rodado
                                 15 m3 arena y canto rodado
                                 10 m3 conchilla
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