PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Resolución S/n
Otórgase a la empresa PETROVÍA INTERNACIONAL S.A. un permiso de ocupación de una fracción del álveo de dominio público del Río Uruguay en Nueva Palmira, departamento de Colonia (al Sur de la Barranca de los Loros), a fin de establecer un fondeadero de barcazas vinculado a las terminales que desarrollan Corporación Navíos S.A. y Corporación Navíos Granos S.A. en la Zona Franca de Nueva Palmira.
(292*R)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
2021-10-4-0000713
//nar
Montevideo, 1° de Febrero de 2022
VISTO: la solicitud presentada por la empresa PETROVIA INTERNACIONAL S.A. para obtener el derecho de uso de una fracción de álveo del Río Uruguay frente al padrón N° 1.590 (Localidad Catastral Nueva Palmira, Departamento Colonia) a fin de establecer una zona de espera de las barcazas asociadas a la operativa de las terminales que desarrollan Corporación Navíos S.A. y Corporación Navíos Granos S.A. en la Zona Franca de Nueva Palmira del Departamento de Colonia;
RESULTANDO: I) que la empresa PETROVIA INTERNACIONAL S.A. acreditó la propiedad del padrón N° 1.590 de la Localidad Catastral Nueva Palmira del Departamento de Colonia, al Sur de la Barranca de los Loros;
II) que la empresa PETROVIA INTERNACIONAL S.A. presentó ante la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el proyecto básico de las obras e infraestructura a instalar en una fracción de álveo del Río Uruguay y de la operativa a cumplir en la misma;
III) que la fracción de álveo involucrada pertenece al dominio público del Río Uruguay en jurisdicción de la República Oriental del Uruguay;
CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, considera de interés acceder a lo solicitado en la medida que la propuesta está ligada a dos terminales de carga operativas;
ATENTO: a lo establecido en los artículos 4°, 165 y siguientes del Decreto-Ley N° 14.859, de 15 de diciembre de 1978 (Código de Aguas), artículo 251 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 397 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008;
EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
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PERMISO DE OCUPACIÓN DE ÁLVEO: Otórgase a la empresa PETROVÍA INTERNACIONAL SA. un permiso de ocupación de una fracción del álveo de domino público del Río Uruguay de aproximadamente 11 hás 7.112 m² frente al padrón N° 1.590 de la Localidad Catastral Nueva Palmira del Departamento de Colonia (al Sur de la Barranca de los Loros), a fin de establecer un fondeadero de barcazas vinculado a las terminales que desarrollan Corporación Navíos S.A. y Corporación Navíos Granos S.A. en la Zona Franca de Nueva Palmira, Departamento de Colonia. La fracción referida se identifica como Fracción A y queda definida por la poligonal cerrada que une los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y la Línea de Ribera, en el Plano de Mensura de fecha 6 de julio de 2021 del Ingeniero Agrimensor Álvaro Viviano incluido en el Anexo I de la presente Resolución.