APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL - TRANSPORTE TERRESTRE




Promulgación: 28/12/1995
Publicación: 26/04/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  Visto: el Anexo IV - Infracciones y Sanciones del Acuerdo de Alcance
Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre suscripto por los
Señores Representantes Plenipotenciarios de los Gobiernos de las
Repúblicas de Argentina, Bolivia, Federativa del Brasil, Chile, Paraguay,
Perú y Oriental del Uruguay ante la Asociación Latinoamericana de
Integración (ALADI), el día 15 de abril de 1994.

  Resultando: que la Representación Permanente de nuestro país ante la
ALADI envió a esta Secretaría de Estado la comunicación oficial de la
suscripción del referido Acuerdo para que conforme con las facultades
otorgadas por el Decreto 663/985 del 27 noviembre 1985 proceda a
implementar su inmediata aplicación sin perjuicio de la posterior
difusión del Decreto correspondiente.-

  Considerando: lo dispuesto en el Capítulo IV del Protocolo Adicional en
cuestión.

  Atento: a lo dispuesto por el Artículo 181 numeral 1º de la Constitución
de la República.

             El Ministerio de Transporte y Obras Públicas

                              RESUELVE:

1

   Publíquese en el Diario Oficial a los efectos de su inmediata
aplicación, el Protocolo Adicional sobre Infracciones y Sanciones (Anexo
IV), al Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre suscripto el 15
de abril de 1994, por los Señores representantes Plenipotenciarios de las
Repúblicas de Argentina, Bolivia, Federativa del Brasil, Chile, Paraguay ,
Perú, Oriental del Uruguay al amparo del Tratado de Montevideo 1980. 

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

2

     Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a sus
efectos. 

LUCIO CACERES BEHRENS
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