AUTORIZACION DE CIRCULACION DE VEHICULOS DE TRIPLE EJE DE 12 NEUMATICOS. RUTAS 9 Y 54




Promulgación: 30/09/2004
Publicación: 07/10/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 855
                                                                          
VISTO: la iniciativa, de la Dirección Nacional de Transporte, tendiente a 
introducir nuevos tramos de rutas nacionales que contemplen determinados 
límites de peso dentro de lo previsto en el Reglamento de Límites de Peso 
aprobado por Decreto Nº 326/986 de 25 de junio de 1986 y modificativos.

RESULTANDO: I) Que el artículo 2.3 literal d, del referido reglamento 
adjudica al eje triple homogéneo de 12 neumáticos, un peso bruto máximo 
absoluto de 25,5 ton. en los corredores que allí se ennumeran los que no 
tenían limitaciones estructurales en el momento de dictarse la norma.

II) Que recientemente se terminaron los trabajos de adecuación en el 
tramo de Ruta Nº 9, desde el empalme con Ruta Nº 8 hasta la ciudad de 
Rocha y en el tramo de Ruta Nº 54 desde el empalme en Ruta Nº 1, hasta la 
Ciudad de Juan Lacaze.

CONSIDERANDO: I) La necesidad y conveniencia de incorporar los referidos 
tramos a la lista de corredores habilitados para adjudicar al eje triple 
homogéneo 25,5 ton. de peso máximo absoluto.

II) Que las Direcciones Nacionales de Transporte y Vialidad han efectuado 
la intervención que les compete en cuanto a la habilitación de que se 
trata, la cual permite incorporar dos nuevos corredores de carga que 
integrarán, sin limitaciones, la red de circulación para el comercio 
internacional.

III) Que el Reglamento precitado facultó al Ministerio de Transporte y 
Obras Públicas a fijar nuevos límites de peso en aquellas rutas o tramos 
de rutas cuyas características así lo justifiquen.

IV) Que el Departamento Letrado del Ministerio de Transporte y Obras 
Públicas no formula observaciones al respecto.

ATENTO: a lo previsto en el artículo 2.8 del Reglamento de Límites de 
Peso aprobado por Decreto Nº 326/986 de 25 de junio de 1986 y 
modificativos.

                EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS                
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase la circulación de vehículos con eje triple de 12 neumáticos 
para 25,5 toneladas, en los siguientes tramos de ruta:
Ruta Nº 9: Tramo empalme Ruta Nº 8 - Rocha
Ruta Nº 54: Tramo empalme Ruta Nº 1 - Juan Lacaze.

2

 Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a 
sus efectos.

GABRIEL GURMENDEZ
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