Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Ver vigencia: Resolución MTOP S/N de 05/03/2007 numeral 1.
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Suspéndese a partir de la fecha por el termino de ciento veinte días la expedición de certificados habilitantes de vehículos para la realización de transporte de carga por carretera, con excepción de los siguientes casos:
a) Vehículos que se sustituyan por renovación de flota de Empresas
vigentes.
b) Vehículos que se incorporen como empresas formales y que estuvieren
prestando servicios.
c) Vehículos que a la fecha se encuentren señados por quienes
pretendan su inscripción.
La Dirección Nacional de Transporte en acuerdo con la Dirección Nacional de Transporte por Carretera y previo informe técnico, resolverá acerca de las solicitudes de excepciones previstas precedentemente.