TRANSPORTE FLUVIAL. PUERTOS COLONIA BUENOS AIRES. LUMARY SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 19/01/2007
Publicación: 30/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 137
VISTO: La solicitud formulada por la empresa LUMARY S A a efectos de 
obtener una prórroga del plazo otorgado por Resolución Ministerial de 
fecha 06/12/06.

RESULTANDO: I) Que por Resolución de fecha 05/09/06 se le otorgó un 
permiso - de carácter precario y revocable - para explotar un servicio 
regular de transporte fluvial de pasajeros y vehículos entre los puertos 
de Colonia (República Oriental del Uruguay) y Buenos Aires (República 
Argentina), a cuyos efectos se le concedió un plazo de 90 (noventa) días 
para que la empresa iniciara la prestación del servicio como condición 
resolutoria.

II) que por Resolución de fecha 06/12/06 se le prorrogó por 45 días a 
partir del día siguiente al vencimiento del plazo previsto en el numeral 
2º de la Resolución Ministerial anteriormente indicada.

II) que la empresa continúa con las gestiones para la obtención del 
correspondiente permiso de atraque en el Puerto de Buenos Aires.

ATENTO: a lo expuesto y a lo previsto en el artículo 7 del Decreto Nº 
574/974 de 12 de julio de 1974. 

                EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

                                RESUELVE:

1

   Prorrógase por 45 (cuarenta y cinco) días el plazo previsto por
Resolución de fecha 06/12/06 los que se computarán a partir del día
siguiente al vencimiento del plazo de prórroga otorgado anteriormente, a
los efectos que la empresa "LUMARY S A" inicie la prestación del
servicio.

VICTOR ROSSI
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