AUTORIZACION PARA LA RECONSTRUCCION PARCIAL DEL MUELLE 2 DEL PUERTO DE LA PALOMA




Promulgación: 09/01/2013
Publicación: 17/01/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 64

6

 PLAZO: El plazo de vigencia para el repago de la inversión tal como se
detalla en el numeral cuarto de la presente resolución será de 4 años a
partir de que las obras de muellaje y dragado estén en condiciones
operativas. Dicho plazo podrá prorrogarse por otro período de 2 años de
común acuerdo entre el MTOP y el Consorcio. Durante el cuarto año del
plazo inicial y una vez que las inversiones hayan sido repagas, el plazo
de la presente resolución podrá concluirse en caso de que el Consorcio no
disponga de carga suficiente para movilizar por el Puerto de La Paloma.
Este extremo deberá ser comunicado por el Consorcio a la DNH con una
antelación de 60 días.
Ayuda