RESPONSABILIDADES DEL PERMISARIO.
a) Será responsabilidad del permisario gestionar y obtener todas las
autorizaciones de los organismos competentes que resulten
necesarias. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas no asume
responsabilidad por los daños o perjuicios que pueda causar la
denegatoria o condicionamiento por parte de los organismos
competentes de las autorizaciones gestionadas, sin perjuicio de
las necesarias coordinaciones que puedan establecerse.
b) Será de responsabilidad y cargo del Permisario, el mantenimiento
en perfecto estado de conservación de la totalidad de los
elementos de fondeo o de otra naturaleza instalados en el área
otorgada. Asimismo, será responsable por todos los daños y
perjuicios que ocasionen a terceros.
c) Será responsabilidad del permisario dar cumplimiento a la
normativa vigente, al realizar las operaciones dentro del álveo
objeto del permiso, debiendo cumplir con los requisitos
dispuestos por la Prefectura Nacional Naval en el ámbito de su
competencia.