El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la Resolución de este Ministerio de fecha 14 de marzo de 2017, por la que se dispone que las empresas de transporte departamental que participan del subsidio del Programa del Boleto Estudiantil Gratuito, deberán tener instaladas en sus unidades de equipamiento informático y el software compatible, para el control y expedición de Boletos homologado por el LATU (Laboratorio Tecnológico del Uruguay), dentro de un plazo de 90 (noventa) días, a contar de la fecha de dicha resolución.
CONSIDERANDO: que las dificultades detectadas en la implementación de los programas y del equipamiento informático, hacen conveniente prolongar el plazo de 90 (noventa) días establecido, extendiéndolo hasta el comienzo del año lectivo 2018.
ATENTO: a lo expuesto.
EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
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Establécese que las empresas de transporte departamental que participan del subsidio del Programa de Boleto Estudiantil Gratuito, contarán con un plazo que vencerá al comienzo del año lectivo 2018, para cumplir con las obligaciones que le impone la Resolución Ministerial de fecha 14 de marzo de 2017.