ANULACION DE RESOLUCION DEL MTOP DE FECHA 10 DE MAYO DE 2019, RELATIVA A AUTORIZACION DE CIRCULACION DE VEHICULOS DEL TIPO TRACTOR CON SEMIRREMOLQUE CON UN PESO BRUTO TOTAL DE 48 T DE PESO BRUTO TOTAL




Promulgación: 30/12/2019
Publicación: 09/01/2020
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: el Decreto N° 311/007 de fecha 27 de agosto de 2007 por el cual se actualizaron algunas disposiciones del Reglamento de Límites de Peso para los vehículos que circulan por Rutas Nacionales, aprobado por Decreto N° 326/986 de 25 de junio de 1986 y modificativos.

   RESULTANDO: I) Que ya existe una base razonable de conocimiento a nivel internacional sobre la cual establecer criterios para una nueva tecnología de transporte de cargas por carretera, que permita una mayor productividad al sector privado y sea compatible con las condiciones de la infraestructura vial existente en nuestro país.

   II) Que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas ha llevado a cabo con asistencia de consultores con una muy extensa experiencia internacional en la implementación de vehículos de alto desempeño, un estudio sobre las consecuencias sobre la infraestructura y la seguridad vial, de permitir la circulación de diferentes tipos de combinaciones de vehículos de transporte de cargas.

   III) Que es posible para algunas configuraciones del tipo tractor con semirremolque incrementar el peso bruto total permitido a 48t, toda vez que las distancias entre los ejes aseguren un control en el nivel de los esfuerzos aplicados a las estructuras, los vehículos dispongan de los avances técnicos necesarios para no afectar la seguridad vial, y se mantengan los límites de carga por eje del Reglamento de Límites de Peso.

   CONSIDERANDO: I) Que el límite máximo del peso bruto total establecido en el Reglamento de Límites de Peso para vehículos convencionales es de 45t.

   II) Que para determinar los corredores o tramos de rutas nacionales donde se podría autorizar la circulación de tractores con semirremolque de 48t de peso bruto total, es necesario un informe favorable previo de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

   ATENTO: a lo expuesto.     

                EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                RESUELVE:

1

   Déjase sin efecto la Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas de fecha 10 de mayo de 2019.

   JORGE SETELICH
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