Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: Lo que dispone la Ley Nº 17.288, de 29 de diciembre de 2000 y el
Decreto Nº 16/001, de 23 de enero de 2001 y Decreto Nº 221/001, de 13 de
junio de 2001.
RESULTANDO: I) Que la mencionada norma legal facultó al Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social a extender la cobertura de Seguro por
Desempleo de los trabajadores de la empresa Sudamtex del Uruguay S.A.
afectados por la situación de la referida Empresa, en los términos,
plazos y condiciones que establezca la reglamentación.
II) Que por decreto del Poder Ejecutivo Nº 16/001, de 23 de enero de
2001, se procedió a reglamentar la mencionada Ley, facultando al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender la cobertura del
Seguro por Desempleo para los trabajadores de la Empresa Sudamtex del
Uruguay S.A., hasta por ciento ochenta días, a partir del mes inmediato
posterior al cese del respectivo subsidio.
III) Que el Decreto Nº 221/001, de 13 de junio de 2001, modificó el
Decreto 16/001, de 23 de enero de 2001, facultando a extender la
cobertura del Seguro por Desempleo para los trabajadores de Sudamtex de
Uruguay S.A. hasta por 360 días.
CONSIDERANDO: Que en uso de las facultades indicadas, se entiende
conveniente ampliar la cobertura del beneficio del Seguro por Desempleo a
los trabajadores de la mencionada firma, por un plazo de noventa días, en
virtud de que se siguen realizando gestiones para la conservación de la
fuente de trabajo que se lograría en caso de que nuevos inversores se
hagan cargo de la planta industrial.
ATENTO: A lo que dispone la Ley Nº 17.288, de 29 de diciembre de 2000, el
Decreto Nº 16/001, de 23 de enero de 2001 y el Decreto Nº 221/001, de 13
de junio de 2001 y lo precedentemente expuesto.
EL MINISTRO (I) DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE
Amplíase por el plazo de 90 (noventa), días el amparo a los beneficios
de Seguro por Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 45
(cuarenta y cinco), de los trabajadores de la Empresa Sudamtex de Uruguay
S.A. que se encuentren en condiciones de acceder al beneficio y a contar
del mes inmediato posterior al cese del respectivo subsidio.
Amplíase por el plazo de 60 (sesenta), días el amparo a los beneficios
de Seguro por Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 3
(tres), de los trabajadores de la Empresa Sudamtex de Uruguay S.A. que se
encuentren en condiciones de acceder al beneficio y a contar del mes
inmediato posterior al cese del respectivo subsidio.
Amplíase por el plazo de 30 (treinta), días el amparo a los beneficios
de Seguro por Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 2
(dos), de los trabajadores de la Empresa Sudamtex de Uruguay S.A. que se
encuentren en condiciones de acceder al beneficio y a contar del mes
inmediato posterior al cese del respectivo subsidio.