RECURSOS HIDRICOS. LAGUNA DEL SAUCE




Promulgación: 11/08/1998
Publicación: 18/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 269
Referencias a toda la norma

3

Intímase a quienes se encuentren vertiendo efluentes a la Laguna del
Sauce, con o sin Autorización de Desagüe Industrial, a regularizar su
situación dentro del plazo de 90 (noventa) días corridos, inmediatos y
siguientes al de la publicación de la presente, bajo apercibimiento de la
aplicación de las sanciones correspondientes.
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