Ver vigencia: Resolución MVOTMA S/N de 15/08/2012 numeral 1.
VISTO: el proyecto de ley de Directrices Nacionales de Ordenamiento
Territorial y Desarrollo Sostenible elaborado en aplicación de lo
dispuesto por el artículo 9 y 10 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008;
RESULTANDO: I) que en el marco de la elaboración del instrumento de
ordenamiento territorial y desarrollo sostenible referido en el visto de
la presente y según lo dispuesto por el artículo 13 del Decreto 400/2009
de 26 de agosto de 2009, se creó la Comisión de Coordinación y Seguimiento
integrada por delegados de los Ministerios de Ganadería Agricultura y
Pesca, de Turismo y Deporte, de Transporte y Obras Públicas, de Defensa
Nacional, de Industria Energía y Minería, de Economía y Finanzas, de
Educación y Cultura, de Desarrollo Social y Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, para la elaboración de instrumentos del ámbito nacional;
II) que el Director Nacional de Ordenamiento Territorial en consulta con
la Comisión de Coordinación y Seguimiento antes referida, sugiere disponer
la puesta de manifiesto de las Directrices Nacionales de Ordenamiento
Territorial y Desarrollo Sostenible, en el marco de lo dispuesto por el
artículo 15° del Decreto 400/09 de 26 de agosto de 2009;
III) que el citado artículo establece que la puesta de manifiesto será por
un período no inferior a los treinta días corridos, a efectos de la
consulta y recepción de observaciones;
IV) que por su parte el Comité Nacional de Ordenamiento Territorial en
sesión de fecha 22 de mayo de 2012, resolvió aprobar el proyecto de ley
del citado instrumento de ordenamiento territorial;
CONSIDERANDO: que se entiende pertinente en esta etapa del procedimiento,
poner de manifiesto el instrumento de ordenamiento territorial y
desarrollo sostenible: Directrices Nacionales;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley 18.308
de 18 de junio de 2008 y el artículo 15° del Decreto 400/09 de 26 de
agosto de 2009;
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
RESUELVE:
1
Póngase de manifiesto, por un período de treinta días corridos, el
instrumento de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible:
Directrices Nacionales, a efectos de su consulta y recepción de
observaciones, a partir del día siguiente a su publicación en el portal
institucional del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, donde constará el plazo, el proyecto de ley respectivo,
conjuntamente con la fundamentación correspondiente.-