APROBACION DE LA EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DE LA REVISION PARCIAL DE LAS DIRECTRICES DEPARTAMENTALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE DURAZNO
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: estos antecedentes relacionados con las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Durazno (Exp. OFI: 2011/14000/00662);
RESULTANDO: I) que, por Resolución Ministerial N° 868/2011, de 22 de agosto de 2011, se aprobó la Evaluación Ambiental Estratégica de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Durazno, las cuales fueron aprobadas por Decreto Departamental N° 2181/11, de 15 de julio de 2011;
II) que, por Oficio N° 12/2018, del 2 de marzo de 2018, la Intendencia de Durazno solicitó a esta Secretaría de Estado la aprobación de la Evaluación Ambiental Estratégica de la Revisión Parcial de las referidas Directrices, que tiene por objetivo la recategorización como Suelo Suburbano de los Padrones Rurales N° 300, 301, 3.503, 3.609 y 10.739, de la 11ª Sección Catastral del Departamento de Durazno, con excepción de la faja de 200 metros a partir del borde del Río Negro y del Arroyo Sauce en los referidos Padrones N° 301, 3.503, 3.609 y 10.739 que se categoriza como Suelo Rural Natural (EM2018/14000/004702);
III) que según el informe de la División Promoción del Desarrollo Sostenible, del 12 de marzo de 2018, la Intendencia de Durazno dio respuesta a las observaciones oportunamente formuladas por dicha División y cumplió con las etapas correspondientes al procedimiento por lo que se sugiere aprobar la Evaluación Ambiental Estratégica del referido instrumento de ordenamiento territorial;
IV) que, por Oficio N° 15/2018, del 15 de marzo de 2018, la Intendencia de Durazno comunicó la rectificación realizada al artículo 2° del proyecto de decreto departamental presentado y a las láminas que integran el mismo, al categorizar como Suelo Rural Natural la faja de 200 metros a partir del borde del Río Negro y la desembocadura del Arroyo Sauce únicamente en el Padrón N° 301 de la 11ª Sección Catastral del Departamento de Durazno (EM2018/14000/005030);
V) que según los informes de la División Promoción del Desarrollo Sostenible, del 15 y 16 de marzo de 2018, no se formulan observaciones a la rectificación comunicada por la Intendencia de Durazno, sugiriéndose continuar con la tramitación;
CONSIDERANDO: que habrá de procederse en la forma sugerida por la Dirección Nacional de Medio Ambiente, aprobándose la Evaluación Ambiental Estratégica de la Revisión Parcial de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Durazno presentada;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008 y por el Decreto N° 221/009 de 11 de mayo de 2009;
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
RESUELVE:
Apruébase la Evaluación Ambiental Estratégica de la Revisión Parcial de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Durazno, según la versión del proyecto de decreto departamental y de las láminas que integran el mismo, presentada por la Intendencia de Durazno el 15 de marzo de 2018 (EM2018/14000/005030).-
Pase a la Dirección Nacional de Medio Ambiente para proceder a la notificación de la Intendencia de Durazno y publíquese en el Diario Oficial (Sección Documentos). Cumplido, pase a la División Promoción del Desarrollo Sostenible a sus efectos.-