Fecha de Publicación: 21/09/2000
Página: 524-A
Carilla: 34

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

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 La firma interesada deberá cumplir con todas las obligaciones de
información que, con fines técnicos, estadísticos o de investigación, le
fueren requeridas por el Instituto Nacional de Pesca, en ejercicio de las
atribuciones conferidas por el decreto-ley Nº 14.484, de 18 de diciembre
de 1975.
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