Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese. SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE - JUAN ALBERTO MOREIRA - CORRADO SERRENTINO.
Resolución Nº 07/995
Dirección General de Aviación Civil
Montevideo, 18 de enero de 1995
Visto: La solicitud de TRANSBRASIL S.A. LINEAS AEREAS para que se le
autorice a sobrevolar el territorio de la República Oriental del Uruguay
en sus operaciones de vuelos regulares en la ruta Porto Alegre (República
Federativa del Brasil) - Buenos Aires (República Argentina) y viceversa.
Resultando: I) Que de acuerdo con los informes que anteceden no
existen inconvenientes en acceder a lo solicitado.
II) Que lo inmediato de las operaciones hace necesaria la aplicación
del artículo 2º del Decreto del Poder Ejecutivo 1124 de 4 de junio de
1941.
Atento: A lo dispuesto por los artículos 1º, 2º, 106 y 115 del Código
Aeronáutico y Capítulo II del Decreto del Poder Ejecutivo 325/974 de 6 de
abril de 1974.
El Director General de Aviación Civil
RESUELVE:
1º.- Autorízase en los términos del artículo 2º del Decreto del Poder
Ejecutivo 1124 de 4 de junio de 1941, a la empresa TRANSBRASIL S.A.
LINEAS AEREAS, con domicilio especial en Plaza Independencia 811, piso
1º, escritorios 8 al 18, a sobrevolar el territorio de la República
0riental del Uruguay con una frecuencia diaria en la ruta Porto Alegre
(República Federativa del Brasil) - Buenos Aires (República Argentina),
ida y vuelta. Los vuelos serán operados con equipo B 737 indicados en su
solicitud.
2º.- La autorizada deberá acreditar la contratación y vigencia de los
seguros de precepto.
3º.- Notifíquese y tomen conocimiento el Registro Nacional de
Aeronaves, la División Transporte Aéreo Comercial y vuelva a la Asesoría
Letrada a sus efectos. Cnel. (Av.) JORGE M. R. MENDEZ, Director General
de Aviación Civil.