Fecha de Publicación: 10/03/2008
Página: 659-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

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 Autorízase a la empresa VILLA LUCERO S.A. a usufructuar el beneficio
previsto en el artículo 3° inciso b. del Decreto N° 175/003, exoneración
del Impuesto al Valor Agregado y de la Contribución al Financiamiento de
la Seguridad Social a las importaciones de bienes destinados a las
construcciones (Infraestructura y Obra Civil), cuyo listado obra anexo a
la presente, por hasta un monto imponible de U$S 3:641.872 (dólares
americanos tres millones seiscientos cuarenta mil ochocientos setenta y
dos).
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