Fecha de Publicación: 15/12/1999
Página: 551-A
Carilla: 25

MINISTERIO DE TURISMO

Fe de erratas publicada/s: 05/01/2000.

8

 A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, previo informe de la Dirección Nacional de Industrias,
certificará a los organismos competentes la pertinencia de los mismos, de
acuerdo con su adecuación al proyecto declarado de Interés Nacional.
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