MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
Declárase a dicho Proyecto y a la empresa titular comprendidos en los beneficios y facilidades de las leyes 13.893, de 29 de diciembre de 1969, en cuanto fuera pertinente y 14.118, de 28 de marzo de 1974 y respecto de esta última, el amparo concedido lo será según los términos y condiciones estatuidos en el decreto 210/978, de 12 de abril de 1978.Ayuda