Fecha de Publicación: 08/12/1995
Página: 312-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

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   Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá, cuando a
ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la
revocación de la declaración de Interés Nacional, de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 13 del Decreto Ley No. 14.178 de Promoción
Industrial y demás disposiciones concordantes o que se establezcan.
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