Resolución 1.312/975
SE APRUEBA LA RESOLUCION DE COPRIN, MODIFICATIVA DE LA QUE FIJO EL PRECIO
DEL AZUCAR.
AÑO DE LA ORIENTALIDAD
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Industria y Energía.
Montevideo, 9 de agosto de 1975.
Visto: la comunicación de la Comisión de Productividad, Precios e
Ingresos, dando cuenta de la resolución que adoptó en razón de la
competencia que le atribuye la ley 13.720,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Apruébase la siguiente resolución adoptada por la Comisión de
Productividad, Precios e Ingresos:
RESOLUCION ORDINARIA 546. - Modificación de la resolución ordinaria
543.
Comuníquese, etc.
COMISION DE PRODUCTIVIDAD, PRECIOS E
INGRESOS
RESOLUCION ORDINARIA 546
Modificación de la resolución ordinaria 543
Visto: lo dispuesto por la resolución ordinaria 543 de esta
Comisión, referente a la fijación del precio del azúcar y subproductos.
Considerando: I) Que al establecerse en el apartado b) del numeral
1º de la mencionada resolución el precio de venta a minoristas,
industrias y cooperativas, se omitió fijar el margen correspondiente a
una etapa de la intermediación;
II) Que la determinación de dicho nivel no significa variación en el
precio de venta final de producto.
Atento: a lo expresado.
La Comisión de Productividad, Precios e Ingresos
RESUELVE:
1º Modificar el apartado b) del numeral 1º de la resolución
ordinaria 543 de esta Comisión de fecha 7 de agosto de 1975, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
"b) Del Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios,
distribuidores, mayoristas a: Minoristas, industriales y
cooperativas a razón de N$ 1.530 (mil quinientos treinta nuevos
pesos) la tonelada bruta, en partidas no menores de 50
(cincuenta) kilogramos."
2º Elévese al Poder Ejecutivo.