Fecha de Publicación: 14/12/2009
Página: 771-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Resolución 1.336/009

Autorízase la suscripción del Acuerdo de Gestión de Servicios a celebrarse
entre la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica (DINACIA) y la Organización de Aviación Civil Internacional
(OACI), con la finalidad de implementar un Proyecto de Fortalecimiento
Institucional en relación a la "Vigilancia Continua en la Seguridad
Operacional".
(2.995*R)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 30 de Noviembre de 2009

VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA), solicita
autorización para suscribir un Acuerdo de Gestión de Servicios con la
Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), a fin de concretar un
Proyecto de Fortalecimiento Institucional referente a la vigilancia
continua en la seguridad Operacional para el citado Organismo a partir del
año 2009, para dar cumplimiento a las recomendaciones de dicha
Organización Internacional.

RESULTANDO: I) que la DINACIA realizó acuerdos de similar contenido con
las Naciones Unidas mediante los Proyectos PNUD URU/99/01 y PNUD URU
06/018.

II) que según lo informado por la DINACIA el Proyecto PNUD URU 06/018,
finalizó en el mes de diciembre del año 2008, por lo cual se requiere
sustituir el mismo por un nuevo Proyecto a través de la contratación con
la OACI.

III) que el referido proyecto se realiza en cumplimiento de las
obligaciones asumidas por nuestro país como integrante de la Convención de
Chicago de 1944 sobre Aviación Civil Internacional, ratificado por la Ley
Nº 12.018 de 4 de noviembre de 1953, con el compromiso de contribuir al
desarrollo seguro, ordenado y eficiente del Transporte Aéreo Internacional
y constituye además un elemento estratégico indispensable de desarrollo
nacional.

IV) que la Organización de Aviación Civil Internacional es un Organismo
especializado autónomo en materia de aviación, que garantiza la
cooperación técnica acorde a las normas, métodos recomendados y
procedimientos adoptados internacionalmente para la provisión de
instalaciones y servicios de apoyo a la navegación aérea.

V) que el objeto del Acuerdo de referencia, es la implementación del
citado Proyecto de Fortalecimiento Institucional relacionado con la
seguridad operacional por un plazo de 4 (cuatro) años a partir de su
aprobación con un costo total U$S 1:000.000,00 (dólares estadounidenses un
millón con 00/100) a razón de U$S 250.000,00 (dólares estadounidenses
doscientos cincuenta mil con 00/100) por año.

VI) que la DINACIA informa que la presente erogación será atendida con
cargo al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", Programa 005
"Administración y Control Aviatorio y Aeroportuario", Unidad Ejecutora 041
"Dirección Nacional de Aviación e Infraestructura Aeronáutica", Objeto del
Gasto 581 del PIP 933 que cuenta con disponibilidad suficiente.

VII) que en Sesión de fecha 4 de marzo de 2009, el Tribunal de Cuentas
acordó cometer al Contador Delegado, una vez que el Poder Ejecutivo
disponga el gasto, la intervención de la suma de los aportes por U$S
250.000,00 (dólares estadounidenses doscientos cincuenta mil con 00/100)
anuales, previo control de la imputación efectuada con cargo al grupo
adecuado con disponibilidad suficiente.

CONSIDERANDO: I) que los Proyectos URU/99/001 y URU 06/018, han impactado
directamente sobre varias actividades de la DINACIA en cuanto a:
flexibilidad económico-financiera, flexibilidad para efectuar
contrataciones de personal especializado, inspectores para seguridad
operacional, capacitación del Personal de la DINACIA, sistema de
cooperación para la vigilancia de la seguridad operacional,
reglamentaciones Aeronáuticas Uruguayas, inspecciones no programadas de
seguridad operacional, incorporación a la vigilancia de la seguridad
operacional de otros Anexos de la OACI y adquisiciones varias.

II) que resulta oportuno y conveniente proceder a realizar un Acuerdo
similar con el Organismo especializado en materia de aviación dentro del
sistema de la Organización de las Naciones Unidas, lo cual incrementará
sustancialmente las ventajas antes citadas.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Asesor
Letrado de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica y por las Asesorías Letrada y Notarial del Ministerio de
Defensa Nacional y a lo dispuesto por el literal E) del numeral 3) del
artículo 33 del "TOCAF 1996" aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de
junio de 1997 y por el apartado I) del literal a) del inciso B) del
numeral 1ro. de la Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de octubre de 2005
(número interno 83.116).

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la suscripción del Acuerdo de Gestión de Servicios a
celebrarse entre la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica (DINACIA) y la Organización de Aviación Civil Internacional
(OACI), al amparo de lo establecido por el literal E) del numeral 3) del
artículo 33 del "TOCAF 1996", con la finalidad de implementar un Proyecto
de Fortalecimiento Institucional en relación a la "Vigilancia Continua en
la Seguridad Operacional", por un monto de U$S 1.000.000,00 (dólares
estadounidenses un millón con 00/100) y a efectuar la transferencia a la
OACI por el límite máximo del monto, en los términos que lucen de fojas 24
a 27 y su respectivo Anexo de fojas 4 a 20 del expediente administrativo
del Ministerio de Defensa Nacional número 2008.04258-9 que se consideran
parte integrante de la presente Resolución.

2

 Establécese que dicha erogación se atenderá con cargo al Inciso 03
"Ministerio de Defensa Nacional", Programa 005 "Administración y Control
Aviatorio y Aeroportuario", Unidad Ejecutora 041 "Dirección Nacional de
Aviación e Infraestructura Aeronáutica", Objeto del Gasto 581 del PIP 933
que cuenta con disponibilidad suficiente.

3

 Comuníquese, publíquese, remítase copia de la presente Resolución al
Tribunal de Cuentas y pase al Contador Delegado de dicho Tribunal
destacado en el Ministerio de Defensa Nacional y al Comando General de la
Fuerza Aérea-Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica a sus efectos. Cumplido, vuelva y oportunamente archívese.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; GONZALO FERNANDEZ; NELSON
FERNANDEZ; ALVARO GARCIA.

                                 ANEXO I
                                    +
                          DOCUMENTO DE PROYECTO
                              (CONFIDENCIAL)

Número:                  MSA/URU/801/A

Título:                  Fortalecimiento institucional de la DINACIA.

Duración:                4 años

Sector y sub-sector:     Transporte aéreo, Aviación Civil

Agencias ejecutora del gobierno:     Dirección Nacional de Aviación
                                     Civil e Infraestructura Aeronáutica
                                     (DINACIA)

Organismo de ejecución:              Organización de Aviación Civil
                                     Internacional (OACI)

Fecha prevista de comienzo:          1 de enero de 2009

Aporte gubernamental:                USD 1,000,000.00

_____________________________________________________________________

Breve descripción: Garantizar la provisión de los medios técnicos,
profesionales y administrativos que permitan a la DINACIA cumplir sus
obligaciones en materia de vigilancia de la seguridad operacional como
signatario del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, los métodos y
prácticas recomendadas de la OACI, y las reglamentaciones LAR.
_____________________________________________________________________

Aprobado en nombre de:     Firma     Nombre/Título     Fecha

Uruguay

OACI

Este es un DOCUMENTO CONFIDENCIAL para el uso Eexclusivo del Gobierno
beneficiario y la Organización de Aviación Civil Internacional. Ninguna
parte de este documento puede ser difundida, distribuida, reproducida o
analizada de cualquier otra forma por individuos, empresas, organizaciones
u otras entidades sin la previa autorización escrita del gobierno
beneficiario y la Organización de Aviación Civil Internacional.

A.     CONTEXTO

1.     Descripción del sub-sector

1.1. Situada en Sudamérica y por lo tanto en el hemisferio sur del
planeta, la República Oriental del Uruguay cuenta con una superficie
terrestre de 176.220 km². Ejerce además su soberanía sobre 136.935 km² de
aguas marinas, fluviales y lacustres. Su relieve está vinculado en la
parte sur a las tierras pampeanas y está constituido por vastas llanuras
onduladas y surcadas por colinas de escasa elevación. Las más importantes
son las que pertenecen a la Cuchilla de Haedo y la Cuchilla Grande. Su
punto más elevado es el cerro Catedral, con 514 metros sobre el nivel del
mar.

1.2. La cuenca hidrográfica más importante es la del Río Uruguay, el cual
se utiliza como vía de comunicación. La cuenca del Río de la Plata está
formada por ríos de curso corto. La cuenca de la Laguna Merín la integran
los ríos Yaguarón, Tacuarí y otros.

1.3. En los últimos años Uruguay ha mantenido un movimiento de más de un
millón de pasajeros al año.

2.     Estrategia del país huésped para el sub-sector

2.1. El Convenio sobre Aviación Civil Internacional, firmado en Chicago el
7 de diciembre de 1944 (Convenio de Chicago), dio origen a la Organización
de Aviación Civil Internacional (OACI) y establece ciertos principios y
arreglos a fin de que la aviación civil internacional pueda desarrollarse
de una manera segura y ordenada y que los servicios internacionales de
transporte aéreo puedan establecerse sobre una base de igualdad de
oportunidades y realizarse de modo transparente y económico.

2.2. El Convenio provee el marco de referencia adecuado para identificar y
definir las responsabilidades de los Estados con respecto a la
administración de aviación civil y la manera orgánica y métodos a seguir a
fin de cumplir con su mandato.

2.3. Uruguay es Estado contratante del Convenio sobre Aviación Civil
Internacional y como tal participa en la formulación de las normas y
métodos recomendados (SARPS) que rigen la aviación civil internacional y
ha aceptado obligaciones específicas con respecto a la adopción de normas
y métodos recomendados acordados internacionalmente para regular la
aviación civil internacional. La autoridad aeronáutica es responsable de
asegurar que la administración de aviación civil observe y cumpla estas
obligaciones internacionales.

2.4. Dentro de este contexto la vigilancia de la seguridad operacional se
define como la función mediante la cual los Estados se aseguran que se
cumplen fielmente, en lo relacionado a la seguridad, los SARPS y los
procedimientos auxiliares que figuran en los Anexos al Convenio sobre
Aviación Civil Internacional y documentos afines de la OACI. La vigilancia
de la seguridad operacional asegura asimismo que la aviación nacional
ofrezca un nivel de seguridad igual al que se define en los SARPS o
incluso mejor.

3.     Marco institucional para el sub-sector

3.1. La Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
(DINACIA) es el órgano mediante el cual el Poder Ejecutivo ejerce la
planificación y dirección de las políticas en materia de aeronáutica
civil.

3.2. Le compete a la DINACIA -entre otras atribuciones- garantizar,
ordenar e inspeccionar la seguridad del Transporte Aéreo Comercial, de la
aviación general, deportiva y de trabajos aéreos, proporcionar los
servicios de tránsito aéreo, las comunicaciones y ayudas para la
navegación aérea y administrar los aeropuertos nacionales.

3.3. La DINACIA está integrada por la Dirección General de Aviación Civil
(DGAC) y la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica (DGIA). La
autoridad aeronáutica ha sido conferida a la DINACIA y es así reconocida
en la ley nº 14.747 del 28/12/77 (Orgánica de la Fuerza Aérea), al igual
que en la Ley nº 17.296 (de Presupuesto Nacional) de fecha 16/02/01.

4.     Asistencia anterior o en curso dirigida al mismo sub-sector

4.1. Uruguay participa en el proyecto regional RLA/03/901, "Administración
de la REDDIG y alquiler del Segmento Satelital", a través del cual se está
realizando por un espacio de dos años la administración de la REDDIG y se
realiza el alquiler del segmento satelital. Asimismo se están realizando
los estudios para el establecimiento de un acuerdo institucional
definitivo para la administración de la REDDIG y también para la
implementación de aplicaciones CNS en la plataforma REDDIG.

4.2. Uruguay también participa activamente en el proyecto RLA/99/901,
"Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad
Operacional", basado en un Memorando de Entendimiento suscrito entre la
OACI y la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC), para
establecer y operar un sistema regional de vigilancia de la seguridad
operacional en el continente americano con el apoyo técnico, logístico y
administrativo que fuese requerido. Sus actividades comenzaron en marzo
del 2002, comprendiendo la preparación de un modelo de reglamentos
latinoamericanos (LARs) para las áreas de licencias al personal, operación
de aeronaves y aeronavegabilidad, el desarrollo de una estrategia de
aplicación de la reglamentación aprobada por cada Estado y la ejecución de
misiones de inspección a solicitud de los Estados participantes.

4.3. Mediante la firma del acuerdo de adhesión al Sistema Regional, los
Estados se comprometen a armonizar entre sí sus reglamentos y
procedimientos en material de vigilancia de la seguridad operacional. El
Sistema cuenta con una estrategia de adopción de las LAR y sus
procedimientos con el objetivo de poder implementar un Sistema
multinacional de vigilancia de la seguridad operacional.

B.     JUSTIFICACION DEL PROYECTO

1.     Problemas a ser abordados

1.1. En septiembre de 1997, la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica fue sometida a una evaluación por parte de un
equipo de la OACI, siguiendo el Programa Voluntario OACI de evaluación de
la Vigilancia de la Seguridad Operacional. En este acto fueron realizadas
observaciones relativas al marco regulatorio insuficiente, al control de
las operaciones, de la aeronavegabilidad y licencias del personal que
presentaban discrepancias al estándar que recomienda la OACI.

1.2. Durante el mes de abril de 2001, en cumplimiento de la Resolución A
32-11 de la Asamblea de la OACI, y de conformidad con el Memorando de
Acuerdo (MOU) convenido el 27 de noviembre de 2000 entre el Uruguay y
dicho organismo internacional, se realizó una auditoría de Seguridad
Operacional Aeronáutica.

1.3. El objetivo de ésta era doble: en primer lugar, consistía en cumplir
con el mandato dado a la OACI como consecuencia de la Resolución de la
Asamblea anteriormente mencionada; en segundo lugar, se buscó verificar el
progreso realizado en la aplicación, de las recomendaciones presentadas
durante la evaluación voluntaria realizada en 1997, para volver a
determinar la capacidad de vigilancia de la seguridad operacional de la
DINACIA en Uruguay.

1.4. La auditoría también tenía el objetivo de asegurar que el Uruguay se
desempeña conforme a las normas y métodos recomendados (SARPS) de la OACI,
los cuales figuran en los Anexos 1, 6 y 8 del Convenio sobre Aviación
Civil Internacional (Convenio de Chicago), así como los textos de
orientación y prácticas aeronáuticas correspondientes.

1.5. En junio de 2001, la DINACIA presentó un plan de acción tendiente a
levantar la mayoría de las observaciones y discrepancias y cumplir con las
recomendaciones contenidas en el informe provisional de la auditoría.

1.6. En mayo de 2004 la OACI realizó una auditoría de seguimiento para
constatar el avance del plan de medidas correctivas implementado por la
DINACIA la que constató una mejora sustancial en la situación de la
seguridad operacional.

1.7. A partir del presente año 2005, la OACI auditará el cumplimiento de
los restantes quince Anexos del Convenio de Chicago, de acuerdo a la misma
visión empleada en los programas de Supervisión de la Seguridad
Operacional. Por esa razón, además de mantener los objetivos ya
alcanzados, la Autoridad Aeronáutica uruguaya deberá ampliar su espectro
de monitoreo continuo, para verificar el cumplimiento pleno de los
restantes Anexos, con las actividades, tareas y empleo de recursos que
ello implica. Este conjunto de acciones se agrega a los antes pautados en
el cumplimiento de las normas y recomendaciones sobre Seguridad
Operacional.

1.8. Este es un emprendimiento con retornos directos en lo económico y
financiero pues los beneficios son notoriamente palpables en el incremento
de las actividades, disminución de los costos como consecuencia de que las
condiciones de operación son acordes a las normas internacionales: es un
valor agregado a la industria y los operadores aéreos en general. Permite
el acceso a nuevos mercados por vía aérea, con el efecto multiplicador que
se encuentra asociado a ello. En cuanto a las obligaciones que tiene el
Estado uruguayo con los distintos organismos internacionales (la OACI),
corresponde plenamente su cumplimiento, como lo es en este caso.

2.     Vigilancia de la seguridad operacional

Componentes críticos de todo sistema de vigilancia de la seguridad
operacional

2.1.1. Ciertos elementos necesarios y críticos han de ser tenidos en
cuenta por el Estado al poner en práctica su sistema de vigilancia de la
seguridad operacional, los cuales deben ser abordados de forma que refleje
sus atribuciones y los de la comunidad aeronáutica. Entre los elementos
críticos de las operaciones de aeronaves se cuentan lo siguientes:

2.1.1.1. Legislación aeronáutica básica. La existencia de una legislación
efectiva concordante con la naturaleza y complejidad que tenga la
comunidad aeronáutica del Estado.

2.1.1.2. Reglamentación. La existencia de un reglamento adecuado que
trate, como mínimo, del Convenio de la OACI y de las normas de los Anexos
según se apliquen a su comunidad aeronáutica.

2.1.1.3. Composición de la AAC y funciones de la vigilancia de la
seguridad operacional. La presencia de una AAC que encabezada por un
Director, cuente con el personal necesario de apoyo para efectuar la
supervisión técnica, y tenga recursos adecuados.

2.1.1.4. Orientaciones técnicas. La existencia de orientaciones técnicas
que permitan al personal de apoyo y técnico desempeñar sus funciones en la
forma aceptada internacionalmente.

2.1.1.5. Personal técnico capacitado. La presencia de personal técnico
para inspeccionar las actividades aeronáuticas de la comunidad al nivel de
complejidad que se requiera.

2.1.1.6. Otorgamiento de licencias y certificaciones. La existencia de una
serie de trámites que hayan de completar los miembros de la comunidad
aeronáutica antes de iniciar las tareas y operaciones relacionadas con la
clase de certificado expedido.

2.1.1.7. Vigilancia permanente. La existencia de métodos que se empleen
para asegurar que la comunidad aeronáutica sigue funcionando a los niveles
mínimos de competencia y seguridad exigidos.

2.1.1.8. Resolución de cuestiones de seguridad. La existencia de
procedimientos y métodos que faciliten la solución de cuestiones de
seguridad, lo cual comprende el poder castigar, suspender o revocar los
permisos de personas o entidades explotadoras a participar en las
actividades aeronáuticas.

2.2.     Formación y retención de los inspectores en Seguridad Operacional

2.2.1. Las obligaciones del Estado en materia de vigilancia de la
seguridad operacional en cuanto a aeronavegabilidad suponen una gran
variedad de evaluaciones, inspecciones, análisis e intervenciones
complejas para asegurar que se cumplen los reglamentos, procedimientos y
métodos nacionales. Para realizar de forma eficaz estas tareas se requiere
que durante las diversas etapas del proceso intervenga personal sumamente
preparado.

2.2.2. Idealmente, el personal técnico de la DINACIA ha de tener como
mínimo la misma formación que el personal que ha de ser inspeccionado o
supervisado.

2.2.3. La DINACIA debe decidir cuál ha de ser la formación profesional
mínima de su personal técnico además de proporcionarle la instrucción
administrativa necesaria para que puedan desempeñar eficazmente sus
deberes y obligaciones. Los cursos de instrucción teórica y práctica
especializada (técnica), incluidos los cursos para supervisores, deben
asegurar el mantenimiento del personal técnico de la DINACIA en un elevado
nivel de conocimientos y destreza para dedicarse a sus deberes y
obligaciones con efectividad y eficacia y asegurar el respeto por parte de
aquellos a quienes inspeccionan y supervisan.

2.2.4. El costo de contratar, retener e instruir a los inspectores e
ingenieros de aeronavegabilidad que reúnan los requisitos de la profesión,
supone un compromiso financiero notable que requiere en algunas ocasiones
la revisión de los criterios y reglamentos tradicionales respecto a la
remuneración de este personal de forma que la DINACIA se mantenga como un
patrón competitivo para asegurar que se pueda contratar y retener personal
debidamente formado que reúna profesionalismo e integridad.

2.3.     Organización y determinación adecuada de las necesidades de
entrenamiento

2.3.1. Para mantener el recurso humano debidamente capacitado se requiere
contar con una evaluación completa de los recursos humanos de la DINACIA y
con un Manual de Funciones y un Manual de Descripción de Puestos
debidamente actualizado que respondan a la estructura de la DINACIA.

2.3.2.     El Manual de Organización y funciones:

2.3.2.1.     Este Manual tiene los siguientes objetivos:

a)     Lograr y mantener un sólido plan de organización;
b)     Asegurar que todos los interesados tengan una adecuada comprensión
       del plan general y de sus propios roles y relaciones pertinentes;
c)     Facilitar el estudio de los problemas de organización;
d)     Sistematizar la iniciación, aprobación y publicación de las
       modificaciones necesarias en la organización;
e)     Servir como una guía eficaz para la elaboración del Manual de
       Descripción de Puestos y de la Estructura de Remuneraciones;
f)     Determinar la responsabilidad de cada unidad organizacional;
g)     Evitar conflictos jurisdiccionales y la yuxtaposición de 
       funciones;
h)     Poner en claro las fuentes de aprobación y el grado de aprobación
       de los diversos niveles;
i)     Conservar una base sólida de experiencia administrativa de los
       funcionarios más antiguos y una guía básica para la presentación e
       introducción a la organización de nuevos funcionarios.

2.3.3.     Manual de Descripción de Puestos

2.3.3.1. El Manual de Descripción de Puestos, se constituye en el
instrumento técnico-administrativo que contiene características dinámicas
y adaptables a los procesos de reforma y modernización de las
organizaciones públicas de carácter especializado. Al mismo tiempo,
fortalece la aplicación de disposiciones vigentes que promueven principios
específicos que benefician al funcionario público.

2.3.3.2. La implementación del Manual de Descripción de Puestos contribuye
a la aplicación de conceptualizaciones relacionadas con la jerarquización,
desarrollo y gestión de los recursos humanos de la Dirección Nacional de
Aeronavegabilidad (DINACIA); así mismo, asegura la eficiencia y
productividad de cada puesto en función a la obtención de los objetivos
institucionales.

2.3.3.3. El desarrollo dinámico y eficiente de un Sistema de
Administración de Personal Institucional debe obedecer a instrumentos
técnico-administrativos adaptables y oportunos, como la Descripción de
Puestos, la Valoración de Puestos, la Evaluación del Desempeño y
Estructuras Salariales acordes con el mercado de remuneraciones y la
realidad de la Institución.

2.3.3.4. El Manual de Descripción de Puestos es un instrumento técnico del
Sistema de Administración de Personal, que establece los procedimientos
específicos de la programación de puestos en la DINACIA, constituyéndose
en un medio eficaz de jerarquizar las funciones y desempeño del personal,
sobre la base de los siguientes objetivos:

a)     Determinar la Estructura de Puestos de la DINACIA, delimitando la
       denominación, categoría y la ubicación en la Organización.

b)     Establecer la naturaleza, objetivos y funciones sobre la base de
       normas que cumplir y resultados que se quieren alcanzar.

c)     Difundir criterios técnicos en los requisitos de cada puesto,
       estableciendo una clasificación y términos de jerarquía, que 
       permitan su valoración permanente.

d)     Coadyuvar en el establecimiento de estructuras salariales acorde
       con el mercado de trabajo en permanente cambio.

2.3.4. El proceso de actualización y reforma de estos manuales debe tomar
en cuenta los principios, objetivos y factores que establecen los procesos
de Análisis de Puestos, la Evaluación del Desempeño y la Valoración de
Puestos.

2.3.5. Una vez actualizados e implementados adecuadamente estos Manuales y
efectuada la evaluación del personal, deben definirse las necesidades de
capacitación para que, basado en esas necesidades y las prioridades de la
Administración y dentro de sus posibilidades económicas, puedan
desarrollar un programa de capacitación del personal de la DINACIA.

3.     Situación prevista al finalizar el proyecto

3.1.     Organización, capacitación y retención de los recursos humanos

3.1.1. Se habrá mantenido vigente con la OACI el mecanismo que garantice
la estabilidad de los recursos humanos de la DINACIA otorgándoles el nivel
salarial adecuado para que cumplan eficazmente sus responsabilidades,
basado en la adopción y/o actualización de los siguientes instrumentos de
gestión de los recursos humanos:

     a) Manual de organización y funciones
     b) Manual de descripción de puestos
     c) Manual de valoración de cargos y escala salarial
     d) Manual de evaluación del desempeño
     e) Programa de entrenamiento

3.1.2. De esta forma la DINACIA habrá actualizado e implementado
instrumentos para la gestión de sus recursos humanos desarrollando un plan
de carrera para el personal técnico especializado convirtiéndose en un
patrón competitivo que pueda garantizar la retención del personal
debidamente formado que reúna profesionalismo e integridad.

3.2.     Razones para la ejecución del proyecto por la OACI

3.2.1. La asistencia de la OACI como organismo internacional especializado
en aviación civil, garantiza que la cooperación técnica en su esfera de
actuación se base en las normas, métodos recomendados y procedimientos
adoptados internacionalmente para la provisión de instalaciones y
servicios de apoyo a la navegación aérea y en la planificación regional de
los mismos que coordina.

3.2.2. La OACI tiene una amplia experiencia en la provisión de cooperación
técnica en su área de actividad, incluyendo proyectos destinados a la
preparación de planes maestros de desarrollo de la aviación civil,
desarrollo de infraestructura aeronáutica y a la vigilancia de la
seguridad operacional, contando con una capacidad única para la ejecución
eficiente de los proyectos, incluyendo la contratación a nivel mundial de
especialistas técnicos altamente calificados, la administración de
programas de instrucción y la provisión de equipos en condiciones
favorables de costo.

C.     OBJETIVO DE DESARROLLO

El proyecto contribuirá al desarrollo social y económico del país,
mejorando las condiciones de seguridad para las operaciones de transporte
aéreo de conformidad con las disposiciones del Convenio sobre Aviación
Civil Internacional y sus respectivos Anexos.

D.     OBJETIVOS INMEDIATOS, RESULTADOS Y ACTIVIDADES

     Se exponen a continuación.

     Las abreviaturas empleadas en la tercera columna significan:

     CN          Coordinador Nacional del Proyecto

     DINACIA     Dirección Nacional de Aviación Civil e
                 Infraestructura Aeronáutica

     ICAO RO     Oficina Regional de la OACI en Lima

     PRO         Sección de Compras de la Dirección de Cooperación
                 Técnica

     TCB         Dirección de Cooperación Técnica.

Objetivo Inmediato No. 1

Fortalecimiento de los Recursos Humanos de la DINACIA mediante el
establecimiento de instrumentos de gestión y su respectivo programa de
capacitación.

Criterio para determinar el éxito

Indicador # 1 Implementación apropiada de los Manuales de Gestión de RRHH
de carrera para los funcionarios técnicos especializados de la DINACIA

Indicador # 2 Cantidad de semanas/hombre invertidas en capacitación de
acuerdo con el programa de capacitación desarrollado.

Indicador # 3 Incremento anual del promedio de antigüedad del personal de
la DINACIA en 0.9 años


                                                     Parte responsable
Resultados         Actividades                       de cada actividad

1.1 Estructura     1.1.1 Revisar la estructura       RRHH, DINACIA
orgánica y         orgánica de la DINACIA
operativa de la    en función de las responsabilidades
DINACIA            que le otorga la ley de Aeronaútica
consolidada y      Civil.
aprobada
                   1.1.2 Proponer los cambios que    RRHH, DINACIA
                         sean necesarios en     
                         la estrucutra orgánica de 
                         la DINACIA.

                   1.1.3 Preparar los siguientes     PRO, Consultoría
                         instrumentos de gestión de
                         los recursos humanos de la 
                         DINACIA:

                         a) Manual de organización y 
                            funciones
 
                         b) Manual de Descripción de puestos

                         c) Manual de valoración de cargos
                            y escala salarial.
 
                         d) Manual de evaluación del 
                            desempeño

                   1.1.4 Considerar y aprobar los    DINACIA, CN
                   cambios en estructura orgánica 
                   de la DINACIA y los manuales
                   propuestos y disponer su adopción.

                   1.1.5 Revisar la dotación del 
                   personal profesional asegurando que
                   se cumplan los requisitos de 
                   experiencia y formación para ocupar
                   un cargo de acuerdo con el Manual de
                   Descripción de Puestos desarrollado 
                   en 1.1.3.

1.2 Programa     1.2.1 Definir los requisitos de     RRHH, DINACIA
permanente de    entrenamiento de los técnicos 
capacitación     especialistas de acuerdo con los
implementado     requisitos establecidos en el Manual
                 de Descripción de Puestos y las 
                 necesidades de cada puesto.

                 1.2.2 Con base en las necesidades   DINACIA, CN
                 previamente identificadas revisar 
                 anualmente el plan de instrucción y 
                 actualización del personal directivo,
                 profesional y de apoyo de la DINACIA.

                 1.2.3 Determinar los programas de   DINACIA
                 instrucción que se requieren ára 
                 cada especialidad.

                 1.2.4 Aprobar el plan anual de      DINACIA
                 instrucción y actualización del 
                 personal.

                 1.2.5 Disponer los arreglos para    DINACIA 
                 el montaje y ejecución de la 
                 instrucción local.

                 1.2.6 Seleccionar y nominar los     DINACIA
                 candidatos para los programas de 
                 instrucción en el exterior.

                 1.2.7 Ejecutar la instrucción en    DINACIA, Becas
                 el exterior mediante becas   
                 
                 1.2.8 Evaluar los resultados de     DINACIA, OACI 
                 la instrucción.     

Objetivo Inmediato No. 2

Fortalecimiento del sistema de vigilancia de la seguridad operacional a
cargo de la DINACIA, proporcionándole la asistencia necesaria para la
supervisión de las actividades inherentes y recomendando las medidas
apropiadas para superar cualquier deficiencia que se detecte.

Criterio para determinar el éxito

Indicador # 4 Reducción de la cantidad de accidentes por cada 10,000 horas
de vuelo

Indicador # 5 Reducción de la cantidad de discrepancias encontradas por el
programa universal de auditorías de la OACI (USOAP)


                                                     Parte responsable
Resultados         Actividades                       de cada actividad

2.1 Programa     2.1.1 Ejecutar el programa          DINACIA
permanente de    vigente de vigilancia de la 
vigilancia de    seguridad operacional, cumplimentando
la seguridad     los requisitos mínimos de frecuencia, 
operacional      según recomendaciones de OACI.
aprobado y en
ejecución        2.1.2 Ejecutar el programa          DINACIA
                 verificando la observancia de la  
                 reglamentación nacional vigente 
                 y de las normas y métodos 
                 recomendados y manuales de 
                 orientación de la OACI aplicables.

                 2.1.3 Detectar las discrepancias    DINACIA 
                 que se detecten con respecto al 
                 cumplimiento de las normas nacionales.

                 2.1.4 Notificar a la parte          DINACIA
                 interesada las deficiencias 
                 encontradas.

                 2.1.5 Verificar el cumplimiento     DINACIA
                 oportuno de las recomendaciones
                 o adoptar las acciones     
                 concernientes en caso negativo.

2.2 Inspectores  2.2.1 Definir las necesidades de    
para seguridad   entrenamiento para cada puesto
operacional      de los especialistas de
debidamente      seguridad operacional.              DINACIA 
preparados para
incrementar su   2.2.2 Con base en los                
experiencia      resultados de 3.2.1 definir y
en el trabajo    planificar un programa de 
                 instrucción y trabajo  
                 actualización destinado a incrementar 
                 las calificaciones de los 
                 inspectores de seguridad     
                 operacional.                        DINACIA

                 2.2.3 Seleccionar y nominar los 
                 candidatos a cada Curso.            DINACIA

                 2.2.4 Ejecutar la instrucción en 
                 el exterior mediante becas          DINACIA, Becas

                 2.2.5 Evaluar los resultados de
                 la instrucción.                     DINACIA, OR

2.3              2.3.1 Definir las necesidades de 
Modernización    equipo informático de oficina, 
del              documentación técnica y de espacio
equipamiento     archivos requeridos para cada 
y la             inspector de seguridad operacional  DINACIA, CN    
infraestructura  
de los           2.3.2 Dotar de las herramientas 
inspectores      necesarias de 
de seguridad     Sistemas electrónicos de
operacional      almacenamiento y   
y de sus         procesamiento de datos, 
procedimientos   acceso a internet, facsímile,
de trabajo.      líneas telefónicas, etc      
                 para los inspectores                DINACIA, PRO

                 2.3.3 Revisar y actualizar el
                 área de seguridad operacional su 
                 dotación de recursos humanos y
                 materiales para asegurar la 
                 efectividad de sus     
                 funciones.                          DINACIA, CN

                 2.3.4 Asesorar en la revisión
                 y actualización de los Manuales 
                 Guías de los Inspectores de 
                 seguridad operacional, estableciendo
                 un ciclo de revisión    
                 semestral para estos manuales.      DINACIA 

                 2.3.5 Aprobar las revisiones de 
                 los manuales y disponer su 
                 adopción.                           DINACIA

2.4 Revisión y   2.4.1 Preparar una estrategia 
actualización    de actualización de reglamentos 
de los           y procedimientos que garantice  
reglamentos y    otras cosas lo siguiente: 
procedimientos  
de aviación      a) Continuo cumplimiento con las
civil y          métodos recomendados de los Anexos 
guías            de la OACI.
del usuario      b) Un sistema de consulta con la 
                 industria antes de la incorporación 
                 de una nueva disposición            DINACIA /OACI
                 reglamentaria.
                 c) Lenguaje simple y claro que 
                 facilite el cumplimiento de las  
                 disposiciones por parte de
                 los usuarios.
                 d) Un criterio armonizador con 
                 los reglamentos y estructura de las 
                 LAR desarrolladas por el
                 Sistema Regional SRVSOP.

                 2.4.2 Utilizando la estrategia 
                 desarrollada en 2.4.1 preparar 
                 y proponer las guías del usuario y
                 reglamentos que sean requeridas.    DINACIA /OACI

                 2.4.3 Considerar y aprobar la 
                 adopción de las guías del usuario y 
                 reglamentos propuestos.             DINACIA /OACI

2.5              2.5.1 Preparar una estrategia para
Fortalecimiento  promover el desarrollo de la industria
del              de fabricación de productos aeronáuticos 
Departamento de  ya sea mediante la celebración de 
Ingeniería       acuerdos con otras Autoridades de  
Aeronáutica      Aeronáutica Civil de la    
                 Región o mediante el Sistema        Consultores
                 Regional SRVSOP.  
                                            

                 2.5.2 Implementar la estrategia
                 recomendada en
                 2.5.1                               DINACIA

2.6 Desarrollo   2.6.1 Realizar y recibir 
de la capacidad  visitas de entrenamiento
para la          en el trabajo a otras Autoridades
certificación    de Aeronáutica Civil para 
de               certificación de operadores de      DINACIA / OACI
operadores       trabajo aéreo y taxis aéreos.       / Misiones
de trabajo                                           
aéreo y
taxi aéreo

E.     INSUMOS

1.     Insumos del Gobierno

1.1.     Personal

1.1.1. El Gobierno en consulta con la OACI designará al Coordinador
Nacional del Proyecto, quien asumirá los arreglos administrativos y
logísticos que sean necesarios para asegurar la ejecución de las
actividades previstas.

1.1.2. Asimismo, el Gobierno designará al personal profesional nacional de
contraparte de los consultores e instructores internacionales que puedan
ser requeridos.

1.1.3. El Gobierno destacará el personal de apoyo administrativo que
requieran los consultores e instructores internacionales, incluyendo
secretarias ejecutivas bilingües familiarizadas con la operación de
aplicaciones informáticas modernas, personal técnico y administrativo y un
chofer-mensajero, durante el tiempo de su asignación.

1.2.     Capacitación

1.2.1. Los programas de instrucción que sean necesarios serán determinados
por el Gobierno y/o por el personal internacional del proyecto.

1.2.2. Los pasajes para los participantes en los programas de instrucción
que se realicen en el exterior serán suministrados por el Gobierno.

1.2.3. La DINACIA continuará pagando las remuneraciones habituales al
personal que sea becado durante toda la duración de los programas de
instrucción en el exterior.

1.3.     Locales, equipo y suministros

1.3.1. En el caso que se requiera de la contratación de algún experto
internacional, el Gobierno proveerá oficinas amobladas y equipadas,
facilidades de comunicación telefónica, telegráfica, de telefax y de
correo electrónico local e internacional para el desempeño de las
funciones del personal internacional del proyecto a partir del primer día
de su asignación.

1.3.2. Los gastos relacionados con el uso de los locales y la operación y
mantenimiento de los equipos y vehículos a ser utilizados por el proyecto,
incluyendo los servicios de agua, electricidad, aire acondicionado,
teléfono, télex, facsímile, Internet, combustibles, etc., serán cubiertos
por el Gobierno.

1.3.3. El Gobierno proveerá el material fungible, papel, útiles de
oficina, suministros para la reproducción de documentos y otros materiales
que sean necesarios para el desarrollo de las actividades del proyecto.

2.     Insumos de la OACI

2.1.     Asignación de personal internacional

2.1.1. En caso de que la DINACIA requiera asesoría especializada para el
desarrollo o para la supervisión de sus actividades, la OACI contratará y
asignará a la DINACIA los consultores e instructores internacionales que
sean necesarios, de conformidad con los términos de referencia que la
DINACIA formulará para cada uno de ellos.

2.1.2. El Coordinador Nacional del Proyecto deberá formular el plan de
trabajo del proyecto al iniciarse las actividades descritas en este
documento, incluyendo las actividades del personal internacional que sea
asignado.

3.     Apoyo administrativo

3.1. Se proveen fondos para financiar la asignación del personal de apoyo
administrativo que sea necesario para la ejecución de las actividades del
proyecto.

4.     Viajes oficiales y misiones

4.1. Se proveen fondos para cubrir los costos de los viajes oficiales del
personal del proyecto relacionados con la coordinación de las actividades,
certificación, inspección y vigilancia de los explotadores de servicios
aéreos y participación en reuniones internacionales.

5.     Asignación de personal profesional nacional

5.1. El presente proyecto pretende proveer de componente local nacional a
la Dirección Nacional de Aeronavegabilidad dependiente del CRA.

5.2. Por componente local nacional se entiende la asignación y
contratación de personal local de carácter administrativo, profesional y
técnico; los viajes en comisión del servicio de este personal dentro del
país; el entrenamiento local de personal, y la adquisición local de
materiales, publicaciones y equipos, de acuerdo con el presupuesto que se
incluye como Adjunto 1 y que podrá revisarse cuantas veces sea necesario
para reflejar las necesidades existentes.

5.3. El personal local de carácter profesional y técnico será denominado
de aquí en adelante Profesional Nacional y tendrá las funciones que se
detallarán en el Manual de Descripción de Puestos que deberá desarrollar
la DINACIA como parte de este proyecto.

5.4. Se proveen fondos para financiar la asignación de la planta de
profesionales e inspectores nacionales que sean necesarios para asegurar
la efectividad de sus funciones.

5.5. Cualquier necesidad de contratación de personal técnico y
administrativo que sea requerido por la DINACIA para prestar los servicios
previstos en el presente Acuerdo, será realizada mediante una solicitud de
contratación que enviará el Coordinador Nacional del Proyecto del Proyecto
a la Dirección de Cooperación Técnica de la OACI, incluyendo una copia del
perfil del puesto del Manual de Descripción de Puestos y su nivel
salarial.

6.     Subcontratos

6.1. Se proveen partidas para financiar los costos de los servicios que
sea necesario subcontratar.

7.     Capacitación

7.1. Se proveen partidas para financiar los costos de la capacitación y
familiarización local y/o en el exterior del personal nacional, según las
necesidades por determinarse que resulten de la ejecución del proyecto.

8.     Equipo

8.1. Se proveen partidas para la adquisición del equipo y de las
publicaciones técnicas y otros elementos por determinarse que se deriven
de la ejecución del proyecto.

9.     Varios

9.1. Se proveen partidas para los gastos varios del proyecto, incluyendo
la preparación de informes y los gastos administrativos del organismo
internacional de ejecución.

F.     RIESGOS

1. Los factores que podrían ser causa de demora o impedir el logro de los
objetivos y resultados del proyecto son la falta de pago oportuno de la
contribución del Gobierno para cubrir los costos del proyecto, las
posibles dilaciones en los procesos de selección del personal profesional
del proyecto y demoras burocráticas en los procesos de aprobación de
candidatos a los programas de instrucción y misiones del proyecto y
demoras burocráticas en los procesos de aprobación de las adquisiciones

G.     OBLIGACIONES ANTERIORES Y REQUISITOS PREVIOS

1. El Gobierno, en armonía con su propio ordenamiento legal y
administrativo, aprobará oportunamente el presupuesto anual del proyecto
sobre la base del presupuesto general estimado que se incluye en este
documento y de conformidad con los términos del Acuerdo de Gestión de
Servicios que lo ampara.

2. Los fondos correspondientes a la participación del Gobierno en la
financiación de los gastos deberán depositarse después de la aprobación
del proyecto, en las fechas previstas en el calendario de pagos, a fin de
permitir el inicio de las actividades por el organismo internacional de
ejecución.

3. El Gobierno suministrará al personal internacional del proyecto todo el
material de referencia y antecedentes que tenga disponibles en relación
con las actividades que deba desarrollar, así como también las
autorizaciones, aprobaciones, permisos y apoyo logístico que sean
requeridos para el desempeño de sus funciones.

4. El Gobierno proporcionará el apoyo de contraparte necesario para que el
proyecto tenga un desarrollo eficaz, alcance sus objetivos y mantenga sus
resultados. Para el efecto, el organismo recipiente de la asistencia
técnica materia de este proyecto participará con la asignación del
personal de contraparte que sea requerido y proporcionará los locales,
mobiliario, equipo de oficina, vehículos, materiales y servicios que sean
necesarios.

5. El Gobierno asegurará la aplicación de los dispositivos legales
pertinentes para retener en el servicio al personal capacitado por el
proyecto luego de la terminación de los programas de instrucción en los
que participe.

6. La OACI proporcionará asistencia al proyecto con sujeción al
cumplimiento o al probable cumplimiento de las obligaciones y requisitos
previos arriba enumerados. Si no se cumplen uno o más de los requisitos
previos la OACI puede, a su discreción, suspender la asistencia o ponerle
fin.

H.     VIGILANCIA Y PRESENTACION DE INFORMES DEL PROYECTO

1. El Proyecto será monitoreado por lo menos una vez cada 12 meses en
reuniones tripartitas con la participación de la DINACIA, la OACI y el
Coordinador Nacional del Proyecto. La primera reunión de monitoreo se
celebrará dentro de los primeros 12 meses a partir de la iniciación de la
ejecución del Proyecto debiendo realizarse preferiblemente en el mes de
abril de cada año. El Coordinador Nacional del Proyecto del Proyecto
preparará y someterá a cada una de las reuniones de examen un informe de
monitoreo de éste utilizando el formato de preparación de informe de
monitoreo anual que se encuentra en el Adjunto 2. Durante la ejecución del
proyecto pueden solicitarse, en caso necesario, otros informes
adicionales.

2. Se preparará un informe final del Proyecto para su consideración en la
reunión de examen final. El borrador de dicho informe será preparado con
la suficiente antelación para que el organismo de ejecución pueda
examinarlo y ajustar sus aspectos técnicos por lo menos cuatro meses antes
del examen final.

3.     Indicadores del proyecto

3.1. Para las acciones de monitoreo se han elegido los siguientes
indicadores del proyecto:

a)      Indicador # 1 Implementación apropiada de los Manuales de Gestión
        de RRHH de carrera para los funcionarios técnicos especializados
        de la DINACIA
b)      Indicador # 2 Cantidad de semanas/hombre invertidas en
        capacitación de acuerdo con el programa de capacitación 
        desarrollado.
c)      Indicador # 3 Incremento anual del promedio de antigüedad del
        personal de la DINACIA en 0.9 años
d)      Indicador # 4 Reducción de la cantidad de accidentes por cada
        10,000 horas de vuelo
e)      Indicador # 5 Reducción de la cantidad de discrepancias
        encontradas por el programa universal de auditorías de la OACI
        (USOAP)

3.2. El Coordinador Nacional del Proyecto del Proyecto hará los arreglos
necesarios para obtener estadística confiable para medir estos indicadores
e incluir el resultado en el informe anual del proyecto

I.     PRESUPUESTO

1. En las páginas siguientes se presenta el presupuesto del proyecto.

                  ACUERDO DE GESTION DE SERVICIOS ENTRE
             LA ORGANIZACION DE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL
                                    Y
  DIRECCION NACIONAL DE AVIACION CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA DE
                                 URUGUAY

1. Con referencia a las consultas entre funcionarios de la Dirección
Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (en adelante la
DINACIA) y la Organización de Aviación Civil Internacional (en adelante la
"OACI") relativas a los servicios de gestión y otros servicios de apoyo
que ha de proporcionar la OACI, como se especifica en la presente Carta de
acuerdo (en adelante "el presente Acuerdo"). La DINACIA ha decidido
utilizar los servicios de la OACI de conformidad con las cláusulas del
presente Acuerdo. La descripción detallada del (de los) proyecto(s) figura
en el(los) Anexo(s) del presente Acuerdo.

2. a) La OACI será responsable de proporcionar, a petición y en nombre de
la DINACIA, los servicios especificados en el(los) Anexo(s) del presente
Acuerdo (en adelante "los servicios") de conformidad con las políticas,
prácticas, procedimientos y reglas de la OACI

b) La DINACIA tendrá la responsabilidad general del(de los) proyecto(s)
ejecutado(s) bajo la dirección del Director de cooperación técnica de la
OACI.

c) La OACI y la DINACIA se consultarán con respecto a todos los aspectos
de la provisión de los servicios previstos en el presente Acuerdo.

3. El costo total estimado de los servicios se indica en el(los) Anexo(s)
del presente Acuerdo. Por la gestión de los servicios, se pagará a la OACI
una tasa de gestión como se indica en el(los) Anexo(s). Del costo total
(servicios y tasa de gestión) del(de los) proyecto(s) no deberá exceder de
la cantidad indicada en el(los) Anexo(s) sin el acuerdo previo de la
DINACIA. Toda modificación a la duración del Acuerdo o al contenido o al
costo de(de los) proyecto(s) deberá hacerse mediante negociaciones entre
ambas partes a fin de acordar las cantidades revisadas correspondientes a
los servicios y la tasa de gestión.

4. a) Inmediatamente después de la entrada en vigor del presente Acuerdo,
la DINACIA depositará los fondos especificados en el(los) Anexo(s), para
sufragar el costo de los servicios y de la tasa de gestión.

b) Todos los pagos recibidos y efectuados por la OACI en virtud del
presente Acuerdo serán registrados en una cuenta aparte abierta, entre
otras cosas, para dejar constancia de la recepción y administración de los
pagos. Todos los pagos a la OACI se harán en dólares estadounidenses y se
depositarán en la cuenta bancaria de la OACI como se indica seguidamente:

Pay to:         //CC000305101
                Royal Bank of Canada
                Ste. Catherine and Stanley Branch
                Montreal, Quebec, Canada
For credit to:  05101 404 6 892 ICAO Pool Account

c) La OACI mantendrá a disposición de la DINACIA los intereses devengados
por los fondos recibidos de conformidad con las reglas, reglamentos y
directrices financieras de la OACI.

d) La OACI no estará obligada a comenzar ni a continuar la provisión de
servicios hasta que se hayan recibido los pagos mencionados en el apartado
a) del párrafo 4 del presente Acuerdo; la OACI tampoco estará obligada a
pagar ni a comprometer ninguna suma que exceda de los fondos depositados
en la cuenta mencionada antes.

5. a) La OACI contratará, en nombre de la DINACIA, los insumos necesarios
para la provisión de los servicios especificados en el(los) Anexo(s) del
presente Acuerdo. La contratación de personal y la selección de
contratistas estará sujeta a la aprobación previa de la DINACIA.

i)     La OACI adoptará todas las disposiciones que estime necesarias para
hacer todos los pagos correspondientes al personal o a los contratistas
mencionados antes y todo otro gasto relativo a sus obligaciones.

ii)     En el ejercicio de las obligaciones estipuladas en las
atribuciones de sus respectivos contratos, el personal y los contratistas
trabajarán bajo la supervisión de la DINACIA, colaborarán estrechamente
con los funcionarios de la DINACIA y ayudarán a ejecutar el(los)
proyecto(s) de conformidad con las directrices generales que la DINACIA
establezca en consulta con la OACI. Esta última proporcionará al personal
y a los contratistas mencionados antes toda la orientación que la OACI
estime necesaria para la buena ejecución de los servicios.

b) La OACI adquirirá, a petición y en nombre de la DINACIA y de
conformidad con el Acuerdo, el equipo y los suministros necesarios
descritos en el(los) Anexo(s) del presente Acuerdo. Después de la
aceptación del equipo por parte de la OACI en representación de la
(entidad), el título de propiedad pasará automáticamente del proveedor del
equipo a la (entidad). En caso de que los costos resultantes de los
aranceles e impuestos aduaneros u otros derechos similares directamente
relacionados con el despacho de aduanas para el equipo y los suministros
que no gozan de franquicias del Gobierno, este último será responsable de
sufragar esos costos, utilizando fondos que no provengan de los
especificados en el(los) Anexo(s).

6. A menos que la DINACIA y la OACI hayan convenido otra cosa en el(los)
Anexo(s) del presente Acuerdo la DINACIA será el(la) único(a) responsable,
utilizando fondos que no sean los especificados en el(los) Anexo(s), de la
contratación de personal local y del pago de sus sueldos y beneficios, y
también del apoyo administrativo (servicios locales de secretaría y
personales, oficinas, equipo y suministros producidos localmente,
transporte dentro del país y comunicaciones) necesarios para la ejecución
del(de los) proyecto(s) y la provisión de este apoyo.

7. Los fondos, y las actividades el marco del presente Acuerdo, serán
Administrados de conformidad con los reglamentos, reglas, directrices,
procedimientos y prácticas aplicables de la OACI.

8. La OACI proporcionará la DINACIA los estados financieros sin auditar
concernientes a los servicios comprendidos en el presente Acuerdo,
indicando el estado de los fondos, en dólares estadounidenses, al final de
los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. Una vez que la OACI
haya terminado de proporcionar los servicios, someterá a la DINACIA un
estado financiero definitivo. En caso de que la DINACIA solicite que el
Auditor externo de la OACI realice una auditoría especial de su cuenta en
el marco de este Acuerdo, la DINACIA sufragará el costo de dicha
auditoría.

9. Respecto a los servicios previstos en el(los) Anexo(s) del presente
Acuerdo, se adoptarán las siguientes disposiciones generales de carácter
financiero y contable:

a)     los gastos para la contratación de servicios de personal se
especificarán en los contratos concertados entre la OACI y el personal
respectivo y se limitarán a los gastos correspondientes a esos contratos;

b)     los gastos por los servicios contratados, salvo los mencionados en
el apartado a) anterior, se especificarán en los contratos concertados
entre la OACI y los respectivos contratistas y se limitarán a los costos
correspondientes a esos contratos;

c)     todo cambio importante en la duración, amplitud y naturaleza de los
servicios mencionados en los contratos a que se refieren los apartados a)
y b) de este párrafo se hará después de realizar consultas entre la
DINACIA y la OACI;

d)     los gastos por la compra de equipo se limitarán a los elementos
especificados en el(los) Anexo(s) del presente Acuerdo; y

e)     si, debido a circunstancias imprevistas, los fondos recibidos en
virtud del presente Acuerdo resultasen insuficientes para sufragar el
costo total de la provisión de los servicios, la OACI informará a la
DINACIA al respecto. Las partes realizarán consultas inmediatamente para
convenir en los cambios apropiados en los servicios a fin de asegurarse de
que los fondos aportados por la DINACIA son suficientes para sufragar los
gastos correspondientes a la provisión efectiva de los servicios.

10.     Todo saldo de fondos no desembolsados y no comprometidos al
concluir los servicios se devolverá a la DINACIA a su petición, o se
conservarán en la cuenta para utilizarlos en el futuro de la forma que
determine la DINACIA.

11. a) Todo conflicto, controversia o reclamación que surja del presente
Acuerdo o relativo al mismo, o toda violación, terminación o invalidación
del mismo se resolverán, en primera instancia, por negociaciones directas
entre las partes. Si esto no diese resultado, dicho conflicto,
controversia o reclamación se dirimirá de conformidad con el Reglamento de
arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil
Internacional (CNUDMI) que esté en vigor en la fecha del arbitraje. El
lugar del arbitraje será Montreal, Provincia de Quebec, Canadá, y se
desarrollará en idioma inglés. El arbitraje lo llevará a cabo un árbitro.

b) Ninguna de las cláusulas del presente Acuerdo ni nada relacionado con
el mismo se considerará como que constituye una renuncia a las
prerrogativas e inmunidades de la OACI como organismo especializado de las
Naciones Unidas.

12. Toda enmienda al presente Acuerdo se efectuará por consentimiento
mutuo entre las partes mediante la correspondiente carta de acuerdo
suplementaria.

13. Toda la correspondencia relativa a la ejecución del presente Acuerdo,
salvo la presente Carta de acuerdo firmada o las enmiendas de la misma
deberán dirigirse a:

     ICAO:                            DINACIA:

     Sr. Ricardo Heighes-Thiessen     Brig. Gral. (Av.) Daniel Olmedo
     Director de cooperación técnica  Director Nacional de Aviación
     Organización de Aviación Civil   Civil e
     Internacional                    Infraestructura Aeronáutica
     999 University Street            Dirección Nacional de Aviación
     Montreal, Quebec                 Civil e Infraestructura Aeronáutica
     Canadá H3C 5H7                   Avda. de la Industrias Wilson
                                      Ferreira Aldunate 5519
                                      12100 Departamento de Canelones
                                      Uruguay

14. La DINACIA mantendrá informada a la OACI de todas las medidas que
adopte para el cumplimiento del presente Acuerdo o que pueda afectar al
mismo.

15. El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha en que lo firmen
ambas partes.

16. a) Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente
Acuerdo en cualquier momento mediante aviso escrito a la otra parte.

b) El presente Acuerdo terminará sesenta (60) días después de recibido el
aviso estipulado en el apartado a) de este párrafo.

c) Las obligaciones asumidas por las partes en virtud del presente Acuerdo
continuarán existiendo después de la cancelación del presente Acuerdo en
la medida necesaria para permitir la terminación ordenada de las
actividades, el retiro del personal, la distribución de fondos y activos,
la liquidación de cuentas pendientes entre las partes en el Acuerdo y la
liquidación de las obligaciones contractuales. Si fuese necesario, la
DINACIA proporcionará los fondos necesarios para sufragar los gastos
mencionados antes.

17.     La DINACIA indemnizará y mantendrá libre de responsabilidad a la
OACI, incluyendo su personal, de toda acción, reclamación u otra demanda
que tenga su origen en un acto realizado por la OACI en nombre de la
DINACIA en cumplimiento del presente Acuerdo.

18. Solicitamos que si está de acuerdo con las cláusulas precedentes tenga
la amabilidad de firmar esta Carta de acuerdo en el lugar indicado más
adelante y devuelva a esta oficina dos copias certificadas del mismo.

Acordado en nombre de la Organización de Aviación Civil Internacional:

Firmado por:     ______________
Nombre:          Taïeb Chérif
Título:          Secretario General
Fecha:           31/7/08

Acordado en nombre de:     la DINACIA

Firmado por:     ______________
Nombre:          Daniel Olmedo
Título:          Director Nacional de Aviación Civil e
                 Infraestructura Aeronáutica
Fecha:           ______________


		
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