Fecha de Publicación: 21/03/2013
Página: 13
Carilla: 13

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Resolución 143/013

Apruébase la Resolución del Directorio de la ANP 780/3.667, por la que se
procedió a inhabilitar a la empresa ESTIMAR S.A., como empresa Operadora
de Servicios Portuarios.
(512*R)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                           Montevideo, 14 de Marzo de 2013

VISTO: la gestión promovida por la Administración Nacional de Puertos
relacionada con la cancelación de la habilitación de la empresa ESTIMAR
S.A. como empresa Operadora de Servicios Portuarios.

RESULTANDO: I) Que la empresa compareció ante la Administración,
informando que a partir del 3 de octubre de 2012 dejó de operar en el
mercado local, por lo que solicitó la cancelación de su habilitación y la
devolución de la garantía correspondiente.

II) Que el Directorio de la Administración Nacional de Puertos, por
Resolución N° 780/3.667 de 26 de diciembre de 2012, dispuso la
inhabilitación que se gestiona, supeditada a la aprobación del Poder
Ejecutivo, y por consiguiente, su correspondiente anotación en el Registro
General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.

CONSIDERANDO: Que la División Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría
Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas indicó que de
acuerdo con lo dispuesto por el Decreto N° 413/992 de 1° de setiembre de
1992, procede dictar el acto administrativo que apruebe lo actuado por la
Administración Nacional de Puertos.

ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto N° 413/992 de 1° de setiembre de
1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 780/3.667 de 26 de diciembre de 2012 por la que se procedió a
inhabilitar a la empresa ESTIMAR SA., N° de Registro 65318, como empresa
Operadora de Servicios Portuarios y por consiguiente su correspondiente
anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios.

2

 Comuníquese y vuelva a la referida Administración Nacional, a sus
efectos.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ENRIQUE PINTADO.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
DEPARTAMENTO SECRETARIA GENERAL

122491
R. Dir. 780/3.667
OT/ir

Ref:     ESTIMAR S.A. SOLICITADO SU INHABILITACIÓN COMO OPERADORA DE
         SERVICIOS PORTUARIOS. ACEPTAR.
--------------------------------------------------------------------------
                                      Montevideo, 26 de diciembre de 2012.

VISTO:
Que la empresa ESTIMAR S.A. N° de Registro 65318, ha solicitado su
inhabilitación en todos los puertos que se encuentra habilitada y la
devolución de la garantía depositada como Operador Portuario ya que no
opera más en el mercado local.

RESULTANDO:
Que la División Desarrollo Comercial, informa que la empresa citada fue
habilitada en Montevideo, Colonia, Fray Bentos, Nueva Palmira y Juan
Lacaze, encontrándose suspendida a partir del 15/1/01 en Colonia, Fray
Bentos, Nueva Palmira y Juan Lacaze al no incluir dichos puertos en el
Seguro de Responsabilidad Civil y Daño Ambiental.

CONSIDERANDO:
I)     Que con respecto a la devolución de garantía el Artículos 16 del
       Decreto 413/92 dispone que extinguida la habilitación se devolverá
       la garantía constituida pasados doce meses de la extinción.

II)    Corresponde proceder a la inhabilitación de la firma mencionada,
       así como a la anotación respectiva en el Registro General de
       Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.

ATENTO:
A lo expuesto:

El Directorio en su Sesión 3.667, celebrada en el día de la fecha,

                                RESUELVE:

     Procédase a inhabilitar - supeditado a la aprobación del Poder
     Ejecutivo- a la empresa ESTIMAR S.A. N° de Registro 65318 como
     empresa Operadora de Servicios Portuarios y por consiguiente su
     correspondiente anotación en el Registro General de Empresas
     Prestadoras de Servicios Portuarios.

Notificar a la empresa de la presente Resolución.

Cumplido, remitir los presentes al Ministerio de Transporte y Obras
Públicas.
Ing. Naval Alberto DÍAZ ACOSTA, Presidente Administración Nacional de
Puertos; Dra. Liliana PEIRANO, Secretaria General Interina Administración
Nacional de Puertos.


		
		Ayuda