Fecha de Publicación: 05/09/1978
Página: 588-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

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  A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto declarado de Interés Nacional.
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